El Superior Tribunal de Justicia dispuso prorrogar el
receso extraordinario con régimen de feria judicial hasta el 26 de abril. Sin
embargo, mediante Acordada firmada ayer domingo, decidió una serie de medidas
que permitirán ampliar la cantidad de servicios que prestará el Poder Judicial
durante el aislamiento social obligatorio. Para ello se acentuará el uso de
tecnología y los puestos de teletrabajo.
En este punto, juezas y jueces podrán avanzar en la
formulación de sentencias, cada organismo jurisdiccional recibirá escritos en
formato PDF de abogados y abogadas y en los próximos días se habilitará una
mesa de entradas virtual. Además, se podrán realizar audiencias no
presenciales, con mecanismos tecnológicos. También están activos los
procedimientos para transferencias de fondos a operadores del sistema y cuentas
judiciales, como el pago de cuotas alimentarias.
Protección de la salud
Tras los decretos nacional y provincial de extensión de
la cuarentena, el STJ explicó en la Acordada que “ante la emergencia sanitaria,
corresponde a este Superior Tribunal de Justicia velar por la preservación de
la salud de los integrantes del plantel del Poder Judicial, pero también de
profesionales y de la ciudadanía que acude a los tribunales, dando cumplimiento
al vigente aislamiento social preventivo de carácter obligatorio para todo
habitante del territorio nacional y provincial”.
Expresa que “se debe contemplar la particular situación
en la que se encuentra nuestra Provincia, en etapa de contención y advertir la
forma en que se ha desarrollado la circulación viral dentro del territorio,
como así también la cantidad de personas que han contraído el virus”, por lo
que “dando continuidad al objetivo precautorio y a fin de evitar mayor
circulación de personas, corresponde continuar con la modalidad de teletrabajo
con las excepciones que la misma función requiera, preservando las condiciones
recomendadas por la autoridad sanitaria”.
Juezas y jueces pueden avanzar en los procesos
Aún cuando rige la suspensión de plazos, el STJ decidió
que “aquellos actos procesales que deban o puedan realizarse, cuenten con la
conformidad de las partes intervinientes y se habilite por la respectiva
jurisdicción, son válidos y han de llevarse a cabo a través de las herramientas
tecnológicas a disposición”.
En este sentido, se dispone que magistrados y magistradas
“procurarán llevar adelante la labor jurisdiccional decisoria que le compete” y
pueden emitir tanto autos interlocutorios como sentencias definitivas.
Cientos de juezas y jueces ya tienen puestos de
teletrabajo con “los mismos recursos informáticos que hoy cuentan en su
computadora de oficina. Es decir acceso al sistema de gestión de expedientes On
Line, el correo electrónico, el acceso a la Intranet Judicial y también al
Sistema de Expedientes On Line, al de Notificaciones Electrónicas, Registros de
Juicios Universales, entre otros”.
Escritos judiciales y listas de despacho diarias
También establece la modalidad para la presentación de
escritos: hasta la puesta en marcha de la mesa de entradas virtual, “los
organismos jurisdiccionales recepcionarán escritos en formato PDF vía correo
electrónico”. Estos organismos jurisdiccionales deberán accionar para que “el
escrito se incorpore al expediente digital de la web de modo que quede a
disposición de la contraparte”. Además, “garantizarán la publicación diaria de
listas de despacho, la publicación de fallos con la periodicidad habitual y mantendrán
el protocolo digital al día”.Ya sea en forma directa por mail o escaneando el
PDF, magistradas y magistrados podrán firmar digitalmente sus resoluciones.
Asimismo, se habilitó un mecanismo para celebrar
audiencias: “en aquellos casos en los cuales la magistratura y las partes
determinen la realización de audiencias y, ello fuere considerado urgente y
necesario, se procurará que sea por vía remota para la mayor parte de los
participantes”. Este procedimiento debe coordinarse con la Gerencia de Sistemas.
Movimiento de fondos y soluciones para los más
vulnerables
En el Anexo a la Acordada también se describen los
mecanismos para el movimiento de fondos. En este sentido, el STJ gestionó
soluciones con el Banco Patagonia para poder abonar, por ejemplo,
indemnizaciones o cuotas alimentarias a personas sin cuentas bancarias.
En la Acordada se establece que “las transferencias de
fondos a Rentas, Caja Forense, SITRAJUR o Colegio de Abogados se realizan a
través de Home Banking”. Asimismo, se pueden generar por el sistema de
Notificaciones Electrónicas o por Whatsapp la liquidación de costas al
condenado en un juicio, evitando la notificación a domicilio real.
En cuanto a la apertura cuentas judiciales -por ejemplo
para el pago de cuotas alimentarias, juicios ejecutivos, juicios laborales- se
realizará en forma electrónica mediante un oficio en formato PDF del juzgado.
Finalmente, se logró dar una respuesta para la apertura
de cuentas a personas no bancarizadas, que en general son las más vulnerables.
La Acordada detalla que “se puede poner a disposición de modo opcional, tal
como se acordó con el Banco Patagonia, hacer con el mismo procedimiento que el
de abrir cuentas judiciales, es decir, oficio del magistrado o funcionario
habilitado. Pero en este caso el beneficiario debe luego sacar un turno en el
banco para ir en forma presencial a obtener una tarjeta de débito, única forma
en la que actualmente se puede retirar dinero”.

2 enero 2026
Río Negro