Las construcciones en tierra cruda, en múltiples técnicas, siendo más conocida la del abobe, tiene grandes ventajas como la capacidad de absorber la humedad, son térmicamente más eficaces, tienen un casi nulo impacto ambiental, constituyen una alternativa económica y, en general, resultan más saludables y confortables para quien la habita.
El proyecto surge de la iniciativa de Paola Beatriz Baimler Gette junto a un grupo de vecinos de Patagones interesados en llevar adelante construcciones alternativas dentro de nuestro distrito y para lo cual se debe contar con una norma que lo avale.
Desde siempre la humanidad utiliza los materiales naturales que tiene a su alcance para construir sus viviendas y apenas en la última centuria estos fueron reemplazados por sustitutos industrializados cuya extracción y tratamiento impactan negativamente en el ambiente en el que vivimos, contaminando la tierra y nuestra salud.
Por obra de prejuicios e ignorancia, así como por la acción publicitaria, se fueron descartando los métodos tradicionales por las nuevas tecnologías que no siempre se mostraron más eficientes y si mucho más costosas, generando un déficit habitacional que ha dejado afuera de la posibilidad de acceder a una vivienda digna a los sectores más humildes o condena a las familias a pagar hipotecas durante décadas.
No hay dudas en los estudios y seguimientos efectuados para conocer las virtudes del sistema de construcción natural en cuanto a la seguridad, salud, impacto ambiental, humedad, hermeticidad, economicidad, etc, que vuelven necesario trabajar legislando positivamente en la materia.
Resalta el proyecto que “es responsabilidad del municipio generar instrumentos con profundo sentido social que faciliten a las familias carenciadas el acceso a una vivienda digna, como así mismo la posibilidad que todos los ciudadanos de cualquier condición económica puedan optar por esta alternativa con cualidades que realzan su valor en términos de salud y cuidado ambiental”.
Agrega que “existen numerosos antecedentes en el país de construcciones con esta metodología bajo el amparo del Estado en planes de viviendas como el FONAVI, escuelas rurales, edificios y estaciones de interpretación en Reservas y Áreas Protegidas, etc.”.
Se ha investigado en forma suficiente como para brindar parámetros técnicos de seguridad en centros académicos como la Universidad de Buenos Aires, la Universidad de Tucumán o el CONICET.
Existen antecedentes legislativos en Perú, Brasil, Colombia, Estados Unidos, Francia, Alemania, India, Nigeria, Costa de Marfil, Sudáfrica, Turquía, Nueva Zelanda y Australia. En nuestro país se ha legislado en forma pionera sobre este tema en los municipios rionegrinos de Luis Beltrán, Bariloche y El Bolsón, sancionándose en de 2013 la Ley Provincial Nº 4931 que no solo admite la construcción natural, sino que también la promueve, eximiendo de impuestos a los ciudadanos que decidan construir con estas técnicas, reconociendo que influye positivamente en la salud de los seres humanos y en el ambiente en el que se inserta la vivienda. Por otra parte los partidos bonaerenses de Púan, Coronel Suarez, Ayacucho y recientemente el de Bahía Blanca los que cuentan con legislación municipal.
Las construcciones con tierra cruda fueron incorporadas al plan Nacional PROCREAR en los lugares que contaban con legislación municipal adecuada. Es así que fueron y están siendo construidas viviendas con financiación otorgada por el Gobierno Nacional a través del plan PROCREAR y el Banco Hipotecario en varias Provincias de la Argentina.
Los concejales consideran necesario promover desde las instancias municipales alternativas que mejoren la calidad de vida del pueblo, siendo la construcción con tierra cruda una alternativa cierta y factible.
Mediante el proyecto proponen crear, en el marco de la Subsecretaría de Urbanismo y Viviendas, un Centro de Promoción de la Bioconstrucción con el objeto de promover capacitaciones que brinden formación técnica y práctica a los ingenieros, arquitectos y albañiles, así como a las empresas vinculadas al sector de la construcción; de la misma manera impleméntese campañas educativas con el objeto de superar los prejuicios sociales infundados que obstaculizan la construcción con tierra cruda y otros materiales naturales.
Asimismo, la iniciativa habla de fomentar la cooperación entre familias y municipio, así como con ONG´s de acción social con el propósito de impulsar la autoconstrucción con tierra cruda y materiales naturales presentes en la zona. Establecer negociaciones con instancias provinciales y nacionales con el propósito de incluir esta modalidad en los planes de vivienda social en el distrito de Patagones.
REQUISITOS GENERALES:
a) Las construcciones en tierra cruda serán diseñadas por método racional basados por los principios de la mecánica, con criterios de comportamiento elástico.
b) Las Construcciones en Tierra Cruda en suelos granulares sueltos, en suelos cohesivos blandos, arcillas expansivas y en zonas propensas a inundaciones deberán presentar un estudio técnico que las respalde.
c) Comportamiento de las construcciones de Tierra Cruda frente a cargas verticales.
Los elementos que conforman los entrepisos o techos de estas edificaciones, deben estar adecuadamente fijados al muro mediante la viga collar o encadenado y columnas verticales.
d) Protección de las Construcciones en tierra cruda. Para evitar la humedad y erosión producida en los muros, y el deterioro de las construcciones de tierra, deberán estar protegidas por:
d.1) Cimientos y sobre cimientos que eviten el contacto del muro con el terreno natural construyendo una base, platea o zapata corrida con Hormigón y utilizando una membrana de papel embreado o similar que cumpla perfectamente la función como barrera de humedad. El revoque de las paredes, desde la base, se elevara 1 metro (1 m) de altura y deberá ser de tipo concreto e hidrófugo para evitar el deterioro de la misma.
d.2) Revoques y pinturas naturales.
d.3) Aleros.
d.4) Veredas Perimetrales.
d.5) Sistemas de drenaje adecuados.
e) SISTEMA ESTRUCTURAL
El Sistema Estructural de las construcciones de tierra cruda estará compuesto de:
e.1) Cimentación: Se utilizará Tipología de zapata corrida, platea o base, todo de hormigón.
El sobre cimiento deberá ser de concreto ciclópeo o albañilería de piedra asentada con mortero y tendrá una altura tal que sobresalga como mínimo 30 cm. sobre el nivel del terreno natural. El mismo, tendrá su correspondiente aislamiento Hidrófuga, y un tenor mínimo de 250 Kg. de cemento por cada m3 que se utilice.
e.2) Muros
e.2.1) Deberá considerarse la estabilidad de todos los muros. Esto se conseguirá controlando la esbeltez y utilizando arriostres y refuerzos.
e.2.2) Los vanos deberán estar correctamente adintelados.
e.2.3) El espesor de los muros exteriores, en el caso de bloques premoldeados de tierra cruda (adobe) mínimo deberán ser de 30 cm.
e.2.4) En casos especiales se podrá considerar espesores de muros de 20/25 cm, siempre que se respalde por un estudio Técnico que considere refuerzos verticales y horizontales.
e.2.5) Morteros Elementos componentes:
Arcilla, arena y fibra en distintas proporciones dependiendo de la función y aplicación.
Estructuralmente la Arcilla es el material aglomerante, la arena absorbe los esfuerzos a la compresión y la fibra los esfuerzos de tracción.
e.3) Elementos de Arriostre
e.3.1) Los elementos de arriostres serán verticales y horizontales.
e.3.2) Los arriostres verticales deberán ser columnas de madera o de concreto armado, perfectamente anclados a la zapata, base o platea, mediante 4 hierros de diámetro no menor a 8mm, o planchuelas metálicas de dimensiones adecuadas utilizando doble bulón y tuercas de ajuste por cada columna.
e.3.3) Los arriostres horizontales deben ser vigas de madera, hormigón armado o metálicas, y que estén perfectamente unidas a las verticales.
e.3.4) Los muros horizontales serán elementos o conjuntos de elementos que posean una rigidez suficiente en el plano horizontal y vertical para impedir el libre desplazamiento lateral de los mismos.
e.3.5) Los elementos de arriostre Horizontal más comunes son los denominados viga collar o encadenado.
e.3.6) Se deberá garantizar la adecuada transferencia de esfuerzos entre el muro y sus arriostres, los que deberán conformar un sistema continuo e integrado, como se menciona en el punto e3.3.
e.4) Techo
e.4.1) Los techos deberán estar adecuadamente fijados a la viga collar o encadenado.
e.4.2) En los techos de las construcciones se deberá considerar las pendientes, las características de impermeabilidad, aislamiento térmico y longitud de los aleros no menor de 70 cm. de distancia de la pared.

26 junio 2025
Patagones