Los ciudadanos que no
votaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del pasado
12 de septiembre podrán votar este domingo en las elecciones legislativas,
según precisó la Cámara Nacional Electoral (CNE ).
“Si no votaste en las
PASO, podés votar en las Generales del 14 de noviembre”, afirmó la Cámara
Electoral en su cuenta de Twitter.
En el mismo sentido,
días atrás, la portavoz del Gobierno nacional, Gabriela Cerruti, señaló: “Es
importante que la gente vaya a votar y, si no lo hicieron en las PASO, podrán
hacerlo en las generales”.
El voto en las
elecciones legislativas del domingo, al igual que fue en las PASO, es
obligatorio y un derecho de los ciudadanos mayores de 18 y hasta 70 años, y es
optativo para aquellos que superan esa edad y para los jóvenes de entre 16 y 17
años.
Por otra parte, la
CNE resaltó que el tiempo para justificar la no emisión del voto en las PASO
concluyó este jueves, aunque esto no es causal para impedir el sufragio.
Aquellos que no hayan
votado en las primarias abiertas y no lo hayan justificado deberán abonar una
multa de $50 a $500, pero esto tampoco es una razón que impide votar.
El Código Nacional
Electoral establece en su artículo 125, en el apartado “faltas electorales”,
que “se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70
años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional
electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.
Desde el portal
Argentina.gob.ar se precisa que “si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no
podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu voto,
te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de
Infractores al deber de votar”.
“Además, no podrás
ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante
tres años a partir de la elección”, apunta.
Y agrega: “Quien no
pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos
estatales nacionales, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires durante un
año”.
En ambas elecciones,
debido al marco de la pandemia de coronavirus, están exceptuados de ir a votar
quienes tengan síntomas compatibles con el Covid 19 o estén cumpliendo con el
aislamiento preventivo.
Además, están
exceptuados aquellos que “el día de los comicios se encuentren a más de 500
kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la
autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables”.
“Si está enfermo o
imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza
mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de
sanidad nacional y si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos
y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de
asistir a votar”, se precisó.
También están
exceptuados de sufragar “los jueces o auxiliares y por disposición del Código
Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante
los comicios”.
22 marzo 2024
Elecciones