Una emotiva
sentencia marcó un hito en el ámbito legal al reconocer una triple
filiación en beneficio del interés superior de un niño. En este
caso, el marido de la madre solicitó adoptar al niño, sin desplazar
ni restar derechos al padre biológico, y el fallo fue celebrado por
todas las partes involucradas.
La jueza de Familia de Luis Beltrán elogió la madurez emocional de los implicados, especialmente del papá adoptivo, quien demostró un profundo compromiso y amor hacia el niño. Asimismo, destacó el papel fundamental de los padres biológicos, quienes sin objeciones permitieron el desarrollo del proceso, priorizando el bienestar futuro del menor.
En un conmovedor gesto, la jueza dedicó los últimos párrafos de la sentencia al niño, recordando la entrevista en la que expresó sus sentimientos y vínculos con su nuevo papá. Le transmitió su alegría por el amor y respeto mutuo entre ambos, y anunció que el niño llevaría los apellidos tanto del padre biológico como del papá adoptivo, cumpliendo así sus deseos y los de su familia.
El fallo resalta el poder de la "filiación socioafectiva" con el segundo papá, reconociéndola como un vínculo que va más allá de lo normativo, construido día a día con afecto, entrega y dedicación. Este caso ejemplifica cómo la verdadera filiación se basa en el amor y el cuidado constante, trascendiendo las barreras legales para priorizar el bienestar del niño.
Este fallo sienta un precedente importante en el reconocimiento y protección de las diversas formas de familia, demostrando que el interés superior del niño debe ser siempre la prioridad en las decisiones judiciales relacionadas con la filiación.
24 noviembre 2024
Judiciales