El tribunal, conformado por los jueces Martín Arroyo, Gregor
Joos, y Marcelo Alvarez Melinger, declaró por unanimidad la responsabilidad
penal de José Luis Tato y Juan Emanuel Nesteruk por el delito de "Robo
agravado por el uso de arma de fuego en concurso ideal con robo agravado en
poblado y en banda en grado de tentativa". El veredicto fue anunciado
después del mediodía, luego de un juicio que se extendió por tres días.
El incidente que llevó a esta condena ocurrió el 31 de
agosto del año pasado frente a una residencia en la calle Martín García, en el
barrio Las Victorias. Durante la audiencia inicial, el fiscal Marcos Sosa
Lukman expuso que los acusados, acompañados por dos cómplices aún no
identificados, llevaron a cabo un intento de robo con la ayuda de un vehículo
Peugeot 206. La estrategia incluyó estacionar un Ford Focus cerca del auto de
las víctimas, quienes eran turistas alojados en viviendas de alquiler
temporario. En el acto, Nesteruk amenazó con un arma de fuego a una de las
víctimas, una mujer, y le arrebató la llave de la vivienda. Tato, junto con
otro individuo, intentó agredir al hombre, quien logró escapar momentáneamente
antes de que los atacantes revisaran su vehículo. Los acusados escaparon en su
automóvil pero fueron detenidos poco después por la policía en la calle Cabildo
del mismo barrio.
El fiscal resaltó que al momento de la detención, Nesteruk
portaba un arma calibre 22 con un cargador de nueve cartuchos, sin la debida
autorización legal. La defensa argumentó que el incidente surgió de un
desacuerdo en una transacción de estupefacientes, versión que fue ofrecida por
ambos imputados durante el juicio. Sin embargo, las declaraciones de las
víctimas corroboraron el relato del fiscal sobre la amenaza con arma de fuego y
el arrebato de la llave.
Los llamados al 911 fueron un punto clave durante el juicio,
ya que la víctima femenina y un conductor de colectivo de línea realizaron
varias llamadas alertando sobre el robo. Aunque hubo confusión sobre el origen
de algunos sonidos de detonación, el tribunal concluyó que los acusados
persiguieron a las víctimas, como evidenció el material captado por cámaras de
seguridad y corroborado por un testigo. Las grabaciones de seguridad también
mostraron a los vehículos de los acusados en el lugar de los hechos y
permitieron secuestrar el arma a Nesteruk. En el Peugeot se hallaron objetos
pertenecientes a las víctimas, lo que apoyó las acusaciones de la fiscalía.
El tribunal subrayó que se trató de un robo planeado con
seguimiento de las víctimas por varias zonas de la ciudad, incluida el área
céntrica de Bariloche. Durante el juicio, se expusieron numerosos audios que
evidenciaron la comunicación entre los imputados mientras realizaban vigilancia
sobre las víctimas, detallando sus movimientos y fotografiándolos. El juez Joos
señaló que la alegada condición de "consumidores" de los acusados no
altera el hecho delictivo.
En cuanto a la calificación legal, el tribunal sostuvo que,
aunque la llave fue arrebatada y las cerraduras cambiadas, su pérdida no
implica necesariamente que estuviera en poder de los acusados en el momento de
su detención. El tribunal determinó que el atraco no se consumó debido a la
reacción de las víctimas, resultando en una calificación del delito en grado de
tentativa. Respecto a la tenencia del arma, esta queda comprendida dentro del
uso de arma durante el intento de robo, al igual que las amenazas, ya que
ocurrieron en las mismas circunstancias de tiempo, lugar y modo.
24 noviembre 2024
Judiciales