La Cámara Laboral de Cipolletti determinó que el despido de
un médico por parte de la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la
República Argentina (OSPRERA) fue injustificado. El tribunal ordenó a la obra
social el pago de una indemnización millonaria por la terminación sin causa de
la relación laboral.
El profesional, que trabajaba como auditor para la obra
social desde 2011, fue despedido bajo la acusación de haber instado a los
prestadores a cortar servicios y realizar comentarios difamatorios. OSPRERA
alegó que estas acciones constituían una "injuria de gravedad",
imposibilitando la continuidad de la relación laboral. Sin embargo, el médico
negó las acusaciones y solicitó las indemnizaciones legales correspondientes,
lo que fue rechazado por la obra social.
Durante el juicio, la defensa de OSPRERA argumentó que el
médico tenía antecedentes disciplinarios y que su desempeño no había sido
sobresaliente. Aun así, el tribunal consideró que la obra social no presentó
pruebas suficientes que acreditaran una causa justificada para el despido. De
acuerdo con la normativa laboral, la parte que despide debe probar que el
comportamiento del trabajador fue suficientemente grave, lo que OSPRERA no
logró demostrar.
Los antecedentes disciplinarios del médico, que incluyeron
una advertencia en 2012 y una suspensión en 2017, no fueron considerados
relevantes por el tribunal, ya que no guardaban relación con los motivos invocados
en la carta de despido.
La sentencia concluyó que el despido fue improcedente, ordenando
el pago de la indemnización por despido sin causa, además de otros conceptos
como la indemnización sustitutiva del preaviso y el recargo indemnizatorio por
falta de pago en tiempo y forma, incrementando el monto total en un 50 por
ciento según lo estipulado en la Ley 25.323.
21 noviembre 2024
Judiciales