Una vecina de Viedma denunció ante el Juzgado de Paz que el
juego de comedor adquirido como regalo llegó con daños graves tras la entrega
por parte de la empresa de transporte Vía Cargo. La compra, realizada en una
fábrica de Morón, Buenos Aires, incluía una mesa y seis sillas, pero al recibir
el envío, la consumidora encontró los muebles golpeados y deteriorados, por lo
que decidió llevar el caso a la justicia.
La cliente relató que el transportista dejó los muebles en
la vereda sin permitirle revisar su estado y le cobró un adicional por flete y
seguro. Al abrir los paquetes, notó que la mesa estaba golpeada y que las
sillas se encontraban desfondadas. Al contactar a Vía Cargo, la empresa se negó
a asumir la responsabilidad y solo le ofreció una compensación en pasajes o
servicios, lo que llevó a la consumidora a presentar una denuncia ante Defensa
del Consumidor y luego iniciar una demanda en el Juzgado de Paz.
El fallo incluyó evidencias presentadas por la damnificada,
como fotografías del daño, documentos de la denuncia en Defensa del Consumidor,
comunicaciones con la empresa de transporte y otros registros del envío.
Basándose en estas pruebas, el juez calificó el caso como una "relación de
consumo" amparada por el artículo 42 de la Constitución Nacional y citó
jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia que subraya la protección de
los derechos del consumidor.
En su decisión, el juez condenó a Vía Cargo a indemnizar a
la consumidora por los daños patrimoniales, además de un resarcimiento punitivo
y por daño moral, estableciendo así un precedente para futuras demandas
similares.
31 octubre 2024
Judiciales