Confirman condena a empresa telefónica y banco por estafa de sim swapping

El Superior Tribunal de Justicia responsabiliza a Movistar y Banco Patagonia por vaciamiento de cuentas de dos clientes

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la condena a una empresa de telefonía móvil y a un banco tras el robo de identidad y vaciamiento de cuentas de una mujer y su hija. Las demandantes fueron víctimas de una estafa conocida como *sim swapping*, mediante la cual ciberdelincuentes lograron duplicar el chip del celular de la mujer y acceder a sus cuentas bancarias en pesos y dólares, provocando pérdidas superiores a los 14 millones de pesos.

El caso se originó cuando la línea telefónica de una de las demandantes, cliente de Movistar, dejó de funcionar sin aviso. Al comunicarse con la empresa, se le informó que el chip estaba desactivado, sin indicarle que se había solicitado un duplicado de la SIM en su nombre. La investigación reveló que los estafadores utilizaron esta técnica para ingresar a las cuentas bancarias de las afectadas y retirar los fondos de ambas.

El fallo judicial señala que la solicitud de habilitación de SIM no fue realizada por la titular y que Movistar procesó el duplicado de manera remota sin confirmar adecuadamente la identidad de la solicitante. Esto facilitó el acceso de los delincuentes a datos personales y bancarios, permitiéndoles vaciar las cuentas de las afectadas. La jueza resaltó que la vulnerabilidad en los sistemas de seguridad de ambas entidades fue determinante para que el delito se llevara a cabo sin ser detectado.

Movistar defendió su protocolo de cambio de SIM, indicando que exige verificaciones de identidad, pero el fallo evidenció que, en este caso, se emitió un nuevo chip sin confirmación presencial. Banco Patagonia, por su parte, argumentó que su sistema de seguridad requiere múltiples capas de autenticación; sin embargo, el fallo concluyó que las medidas de protección fueron insuficientes para prevenir el fraude.

La resolución del STJ destaca la falta de respuesta efectiva por parte de ambas empresas. Los testimonios de las afectadas indican que el banco solo respondió de forma parcial tras la repercusión pública de varios casos similares. La jueza concluyó que las entidades actuaron de manera tardía en mejorar sus sistemas de seguridad, razón por la cual se les condenó a indemnizar a las demandantes.

Con esta decisión, el STJ desestimó la apelación presentada por la empresa telefónica y reafirmó la responsabilidad compartida de ambas compañías en el perjuicio sufrido por las clientes afectadas.

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