La intervención de la Defensa Pública fue requerida en el caso de una niña de cinco años cuyos progenitores optaron por un método de educación virtual a través de una institución sin reconocimiento oficial. La situación, que fue elevada a la Unidad Procesal de Familia, busca garantizar que la menor acceda a su derecho a la educación en el marco del sistema educativo formal.
La Defensoría civil de menores, en representación de la niña, solicitó a la Unidad Procesal de Familia que la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SeNAF) tome acción inmediata. La solicitud se presentó luego de que la Supervisión de Educación Primaria de General Conesa reportara la inasistencia de la menor a una institución educativa formal durante los últimos dos años del nivel inicial.
Según las autoridades educativas, los progenitores manifestaron su intención de que la niña continúe su educación primaria mediante un sistema de enseñanza alternativo a través de una plataforma virtual, el cual no cuenta con certificación ministerial ni reconocimiento oficial. La Defensoría enfatizó que la normativa actual establece como obligatoria la educación desde los cuatro años de edad, debiendo ésta realizarse en establecimientos reconocidos formalmente.
Durante una visita de los referentes educativos al domicilio de la familia, los padres sostuvieron su postura a favor de la educación virtual para la niña. En esa instancia, las autoridades solicitaron algún tipo de certificación oficial que avalara el método de enseñanza seleccionado, sin que la familia pudiera proporcionar documentación que acreditara dicho reconocimiento ministerial.
Ante la proximidad de la finalización del ciclo lectivo, la Defensoría solicitó la intervención de la SeNAF para evaluar la situación y recomendar las acciones necesarias que aseguren la integración de la niña en una institución educativa formal. La jueza de familia a cargo del caso dio curso a la solicitud y ordenó que, en los primeros días de noviembre, el organismo presentara un informe detallado sobre la situación de la menor y explorara si existe algún otro niño o niña en el núcleo familiar en condiciones similares.
Este informe deberá incluir un análisis exhaustivo de las medidas y estrategias implementadas para resguardar la integridad psicofísica de la niña, en línea con los derechos que le asisten y su derecho fundamental a recibir una educación regulada y formal.
21 noviembre 2024
Judiciales