El tribunal integrado por Eduardo Giménez, Pablo Estrabou y Francisco Cerdera, consideró “la gravedad propia, mas allá del ultraje a la libertad sexual de las víctimas, su minoridad, el aprovechamiento de una condición de convivencia y relación familiar que se expresaba por la condición de concubino de la madre de aquellas, la prolongación en el tiempo del accionar criminal y la magnitud del daño causado", lo que ha quedado patentizado en las conclusiones del informe del psicólogo forense.
Cabe recordar que en fechas 8, 9, 14 y 19 de marzo del año 2012, se celebró el debate oral y público en esta causa judicial que contó además de los Jueces con la presencia de la Fiscal de Cámara, Adriana Zaratiegui, de la querellante y sus abogados patrocinantes Angel Guerino Curzi y Cristo Walter Guenumil, de la Defensora de Menores, Patricia Arias, del Defensor Jorge Crespo y del propio imputado.
Con respecto al hecho, ocurrió en la ciudad de Viedma en fecha no precisada pero a partir del año 2004 y hasta el mes de diciembre de 2007, tiempo durante el cual el imputado R.E.R., pareja de P.E.F., aprovechando la situación de convivencia con esta habría abusado sexualmente de las hijas de la mujer, dos niñas de 10 y 12 años, quienes también convivían en la misma casa.
Consta en el expediente que en su accionar, el ex funcionario en reiteradas oportunidades y aprovechando la ausencia de la madre de las menores, se habría acostado con las niñas sobre todo en horario nocturno, a quienes habría tocado en sus partes íntimas y se habría hecho tocar sus genitales.
26 noviembre 2024
Judiciales