Contra lo decidido, la defensa dedujo recurso de casación, que fue declarado admisible por el Tribunal de origen, en el que entiende que la prueba producida en autos no permite acreditar con certeza la autoría de su pupilo en los hechos reprochados.
Para el máximo Tribunal, “las impugnaciones del recurso de casación deberán contener la mención clara y concisa de las cuestiones planteadas, indicando la declaración que pretende del Tribunal sobre los puntos debatidos; como asimismo, la refutación en forma concreta y razonada de todos y cada uno de los fundamentos independientes que den sustento a la decisión recurrida en relación con las cuestiones que se hayan planteado (conf. arts. 418 y 433 del CPP; también ver Acordada 4/07 de la CSJN).”
“La habilitación de la instancia de casación requiere la presentación plausible de agravios que objetiva y razonablemente señalen un error de la decisión que, de ser cierto, conduzca a la eliminación total o parcial de la resolución”, sostuvo el STJ.
27 noviembre 2024
Judiciales