Con las modificaciónes, la Ley 200, de creación del IDEVI, dispone que los miembros del Consejo de Administración "serán personas de probada idoneidad en materias significativas para el desempeño de sus funciones, mayores de 18 años y expresarán formalmente, al asumir sus funciones, su conocimiento y conformidad con las finalidades del programa de desarrollo del Valle Inferior de Río Negro y de su autoridad de administración, el IDEVI".
El presidente durará cuatro años en sus funciones y podrá volver a ser designado finalizado su período. Solo podrá ser removido antes del cumplimiento de su mandato, conforme con los artículos 150 y 151 de la Constitución Provincial.
Los tres representantes del Poder Ejecutivo Provincial durarán dos años en sus funciones. Podrán desempeñar otros cargos simultáneamente, en el sector publico de cualquier jurisdicción, durante el término de su mandato, debiendo respetarse las disposiciones contenidas en el artículo 19 de la Ley L N° 3550.
En tanto, el representante del Poder Ejecutivo Nacional, será designado a propuesta de éste por el Poder Ejecutivo Provincial y durará dos años en sus funciones. Podrá ser removido antes de ese plazo a solicitud de aquel.
Hasta tanto se disponga su designación e incorporación al Consejo de Administración, éste funcionará sin el mismo, y su plaza no se computará para la definición del quórum ni de las mayorías.
Asimismo, los cuatro productores serán designados por el Poder Ejecutivo entre aquellos que sean elegidos por los integrantes del padrón respectivo. La elección se realizará entre listas que presenten los integrantes del padrón, que deberán ser integradas por cuatro titulares y cuatro suplentes. Cada lista deberá ser presentada por 20 firmas. La distribución de los cargos se realizará conforme al sistema proporcional D’Hont.
El Consejo de Administración podrá constituir con sus miembros, en la forma establecida en su reglamento, comisiones para el tratamiento previo y la preparación de decisiones alternativas de los asuntos que constituyen sus deberes y atribuciones. Los cargos, a excepción del Presidente, serán desempeñados "ad honorem", es decir, no serán rentados.
31 octubre 2024
Viedma