El proyecto, impulsado por el legislador Alejandro Betelú (ACD), propone la prohibición de realizar en el ámbito provincial espectáculos de fuegos artificiales que no cuenten con la debida autorización otorgada por autoridad municipal competente.
Cada entidad organizadora de un espectáculo que fuera a utilizar pirotecnia deberá presentar la solicitud de autorización en los plazos y condiciones que a tal fin establezcan las reglamentaciones locales.
Serían requisitos para obtener la autorización para utilizar material pirotécnico autorizado: realizar el espectáculo en zonas de seguridad autorizadas a tal fin; delimitar la zona de emplazamiento del espectáculo; contar con planes de seguridad y de emergencia del espectáculo; disponer medidas de seguridad en la gestión de residuos de material pirotécnico; contratar un seguro de responsabilidad civil por daños materiales y personales; y dar cumplimiento de la normativa municipal específica.
Según la iniciativa, las actividades relacionadas con el transporte, circulación y custodia del material pirotécnico, así como el montaje y lanzamiento de los artificios pirotécnicos y la gestión de los residuos pirotécnicos, deberá ser realizada en forma exclusiva por profesionales o expertos en la materia.
La adquisición del material pirotécnico deberá realizarse a través de comercios o empresas habilitadas.
El espectáculo de fuegos artificiales deberá llevarse a cabo en zonas, lugares o ámbitos que no impliquen riesgo o peligro para personas, bienes o el medio ambiente.
La propuesta de Betelú contempla también planes de seguridad y emergencia, la gestión de residuos y la contratación de seguros, entre otras medidas.
Día Provincial de la Memoria en el Deporte
Fue aprobada también la iniciativa de Jorge Barragán (JSRN) para instituir el día 8 de enero como el “Día Provincial de la Memoria en el Deporte” en conmemoración al atleta Miguel Sánchez, desaparecido en la última dictadura cívico-militar.
Según el proyecto, la Comisión Provincial de la Memoria (COPROME) incluirá actividades específicas e inherentes al día señalado en la referida normativa nacional, en virtud de las misiones y funciones establecidas en la ley de la provincia de Río Negro nº 3494.
El Ministerio de Educación de Río Negro implementará actividades destinadas a concientizar a la población estudiantil sobre los fundamentos históricos, sociales, políticos y culturales de la presente ley y, especialmente, en aquellos lugares que por tratarse de destinos turísticos sean receptores masivos de veraneantes, dentro de la jurisdicción provincial.

28 enero 2026
Río Negro