Proponen derogar el decreto que establece reembolso a puertos patagónicos por "inconstitucional"

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El senador nacional, Jaime Linares, elaboró un proyecto donde detalla que "como representante de la Provincia de Buenos Aires, no puedo dejar pasar por alto, alertar, que este decreto discrimina claramente a mi provincia y a los puertos de Bahía Blanca, Quequén y Mar del Plata. El primero, de aguas profundas, especializado en logística para granos, petróleo, gas y cargas generales con una infraestructura de muelles moderna y eficiente. Los otros especializados en pesca y en el caso de Quequén también en granos".

"Mi provincia, tiene un valle bajo riego alrededor del Rio Colorado donde se producen importantes volúmenes de cebolla para exportación, que quedaría una parte al sur del Río, en zona Patagónica y otra afuera. Esta región está a 120km de Bahía Blanca", añadió.

Asimismo señaló que "en las condiciones del decreto que pretendemos rechazar, el puerto alternativo, con subsidios, sería San Antonio, que está a más del doble de distancia y hoy, no tiene condiciones de embarque adecuadas".

"No se entiende porque este DNU discrimina unas regiones patagónicas de otras, excluyendo La Pampa, cuyos productores también sufren los avatares de las desfavorables condiciones para que las producciones generen arraigo y desarrollo y tienen al puerto de Bahía Blanca para el comercio exterior", agregó. 

Entonces indicó que "podríamos agregar otros antecedentes de impacto entre puertos de Chubut y Santa Cruz por la diferencia de subsidios entre ellos, estando a escasos kilómetros uno del otro, pero creemos suficiente con los mencionados".

Más adelante explicó que "en los fundamentos de este Decreto de Necesidad y Urgencia N 2229, del 2 de noviembre, menciona expresamente “que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la Constitución Nacional para la sanción de la leyes” lo que no puede ser aceptable bajo ninguna circunstancia, con los antecedentes existentes y analizados aquí".

"Por otra parte es muy clara la Constitución Nacional de 1994 vigente, que impone en su Artículo 12 que “los buques destinados de una provincia a otra no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito, sin que en ningún caso puedan concederse preferencias a un puerto respecto de otro, por medio de leyes o reglamentos de comercio”, por lo tanto entendemos que es inconstitucional y será objetado por ello en caso de ser aprobado.
 Señor Presidente, por lo hasta aquí señalado queda claro que el camino para la determinación de este tipo de medidas debe ser el debate en el Congreso de la Nación, ni una norma de Bignone ni un DNU. Se debe poder escuchar a todos los legisladores que representan a sus provincias y a sus económicas regionales, y con ello alcanzar el mejor mecanismo posible para el mayor desarrollo de todas las provincias de nuestro país", concluyó.

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