Revisan los adicionales de los empleados públicos

Comentar

El Gobernador de Río Negro firmó el decreto Nº 1021, que va en línea con el “58” que firmó en el verano destinado a la contención del gasto público, aquel que proponía una veintena de puntos que reducían diversas partidas presupuestarias.

Este nuevo decreto en su fundamentación reza “que en esta instancia resulta necesario profundizar las acciones de contención de los componentes adicionales de las remuneraciones en el ámbito del Sector Público Provincial, con el objetivo de optimizar las asignaciones otorgadas al personal de la Administración Pública”.

Cuando expresa “contención de los componentes de los adicionales de la remuneraciones”, claramente se está ante la revisión de las horas extras y agregados que perciben un bueno número de trabajadores por una mayor carga horaria o una mayor responsabilidad en sus funciones cotidianas.

Será difícil que los trabajadores públicos no rememoren los albores de la gestión de Weretilneck donde en marzo de 2012 se dieron de baja todos los adicionales de la administración provincial. Muchos de ellos nunca fueron repuestos y otros fueron incorporándose gradualmente, con el correspondiente perjuicio en los ingresos de los agentes que hasta allí los venían percibiendo.

Esta medida se toma dos meses después que el Gobierno decidiera otorgar un aumento a sus funcionarios, previa a emisión de un decreto que posibilitó esta acción, dado que el decreto 58 lo prohibía expresamente. Los cargos jerárquicos recibirán un aumento del orden del 23 por ciento.

La responsabilidad de reunir la información, de analizar sin son pertinentes los adicionales y de planificar de acuerdo a la disponibilidad de recursos recayó sobre el secretario de Hacienda, Eduardo Bacci. El Decreto que pone en análisis los adicionales de los trabajadores indica en sus primeros puntos:

Artículo 1°.- Facultar a la Secretaria de Hacienda a efectuar el Análisis del Gasto Público en el marco del Decreto N° 58/17 y reglamentarias; incluyendo la evaluación de los programas, convenios, contratos vigentes en ejecución, y/o los que eventualmente se pongan en marcha; como asimismo analizar la deuda flotante existente, a efectos de programar con las Jurisdicciones y planificar la ejecución presupuestaria, financiera y económica del gasto total provincial atento a las disponibilidades de recursos del Tesoro Provincial.-

Art. 2°.- Encomendar, el relevamiento, y análisis en particular de las normativas que autorizan en todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo, los complementos salariales tales como adicionales, horas extras, fondos estímulos o similares, a efectos de obtener un diagnóstico y propuestas que evalúen la pertinencia de los complementos, facultándose a la Secretaria de Hacienda, a solicitar toda la información que estime pertinente a las jurisdicciones involucradas.-

Art. 3°.- La Secretaría de Hacienda arbitrará las medidas necesarias en función de lo establecido, a los efectos de implementar lo dispuesto por el presente decreto a los fines de obtener resultados que optimicen y equilibren la ejecución del presupuesto provincial.

También te puede interesar...