El Gobernador de Río Negro firmó el decreto Nº 1021, que va
en línea con el “58” que firmó en el verano destinado a la contención del gasto
público, aquel que proponía una veintena de puntos que reducían diversas partidas
presupuestarias.
Este nuevo decreto en su fundamentación reza “que en esta
instancia resulta necesario profundizar las acciones de contención de los
componentes adicionales de las remuneraciones en el ámbito del Sector Público
Provincial, con el objetivo de optimizar las asignaciones otorgadas al personal
de la Administración Pública”.
Cuando expresa “contención de los componentes de los
adicionales de la remuneraciones”, claramente se está ante la revisión de las
horas extras y agregados que perciben un bueno número de trabajadores por una
mayor carga horaria o una mayor responsabilidad en sus funciones cotidianas.
Será difícil que los trabajadores públicos no rememoren los
albores de la gestión de Weretilneck donde en marzo de 2012 se dieron de baja
todos los adicionales de la administración provincial. Muchos de ellos nunca
fueron repuestos y otros fueron incorporándose gradualmente, con el
correspondiente perjuicio en los ingresos de los agentes que hasta allí los
venían percibiendo.
Esta medida se toma dos meses después que el Gobierno
decidiera otorgar un aumento a sus funcionarios, previa a emisión de un decreto
que posibilitó esta acción, dado que el decreto 58 lo prohibía expresamente.
Los cargos jerárquicos recibirán un aumento del orden del 23 por ciento.
La responsabilidad de reunir la información, de analizar sin
son pertinentes los adicionales y de planificar de acuerdo a la disponibilidad
de recursos recayó sobre el secretario de Hacienda, Eduardo Bacci. El Decreto
que pone en análisis los adicionales de los trabajadores indica en sus primeros
puntos:
Artículo 1°.- Facultar a la Secretaria de Hacienda a
efectuar el Análisis del Gasto Público en el marco del Decreto N° 58/17 y
reglamentarias; incluyendo la evaluación de los programas, convenios, contratos
vigentes en ejecución, y/o los que eventualmente se pongan en marcha; como
asimismo analizar la deuda flotante existente, a efectos de programar con las
Jurisdicciones y planificar la ejecución presupuestaria, financiera y económica
del gasto total provincial atento a las disponibilidades de recursos del Tesoro
Provincial.-
Art. 2°.- Encomendar, el relevamiento, y análisis en
particular de las normativas que autorizan en todas las jurisdicciones
dependientes del Poder Ejecutivo, los complementos salariales tales como
adicionales, horas extras, fondos estímulos o similares, a efectos de obtener
un diagnóstico y propuestas que evalúen la pertinencia de los complementos,
facultándose a la Secretaria de Hacienda, a solicitar toda la información que
estime pertinente a las jurisdicciones involucradas.-
Art. 3°.- La Secretaría de Hacienda arbitrará las medidas
necesarias en función de lo establecido, a los efectos de implementar lo
dispuesto por el presente decreto a los fines de obtener resultados que
optimicen y equilibren la ejecución del presupuesto provincial.

24 diciembre 2025
Río Negro