El Superior Tribunal de Justicia envió a la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Legislatura provincial, "para su oportuno análisis y tratamiento legislativo", un proyecto de ley de Procedimiento Penal Juvenil que refleja más de dos años de análisis consensuado con los principales operadores judiciales en la materia.
El proyecto busca definir las particularidades que debe respetar todo proceso penal cuando las personas imputadas sean menores de edad. La iniciativa abarca simplemente cuestiones procedimentales, ya que es de exclusiva competencia nacional, la definición de la edad mÃnima de punibilidad, que actualmente está establecida en 16 años y de las escalas penales aplicables en estos casos, entre otros aspectos, por lo que el proyecto elevado por el STJ no contiene consideraciones de ese tipo.
"El proyecto comenzó a gestarse luego de realizadas las Jornadas Internacionales sobre Sistema Penal Juvenil y Derechos Humanos, desarrolladas en Bariloche en febrero de 2015", explicó el STJ en su nota de remisión a la Comisión Legislativa. Además precisaron que la propuesta refleja los aportes de UNICEF, la DefensorÃa General de la provincia y la FiscalÃa General, y la revisión del Superior Tribunal rionegrino.
Legislar sobre el proceso de juzgamiento penal de los menores de edad es un objetivo pendiente en la provincia y la sanción de esta norma formará parte de las leyes complementarias al nuevo Código Procesal Penal, vigente desde agosto de 2017. Otras provincias del paÃs, como Mendoza, Neuquén, Córdoba y Buenos Aires, entre otras, ya han dictado sus leyes de procedimiento penal juvenil, explicaron voceros judiciales.
En su nota de remisión a la Legislatura el STJ advierte que la implementación de centros de admisión y de lugares especiales de privación de la libertad para menores de edad demandará previsiones presupuestarias especÃficas para el Poder Ejecutivo provincial, a cuyo cargo están esos centros, asà como partidas destinadas a brindar las capacitaciones oportunas dentro y fuera del Poder Judicial.
El proyecto, además, asigna la función jurisdiccional a los jueces y juezas penales del Foro de cada Circunscripción, con lo que no se prevé la creación de tribunales de competencia exclusiva. En cambio, sà anticipa la especialidad que desde la Procuración General deberá asignarse a los Defensores Públicos y Fiscales y prevé la formación especÃfica de todos los operadores judiciales a través de la Escuela de Capacitación Judicial.
12 julio 2026
Judiciales