El representante de la oposición legislativa en el Consejo
de la Magistratura, Nicolás Rochás, aprovechó la consulta que le realizaron en
el marco de un sumario a un secretario, para elevar un contundente mensaje a
los jueces del Tribunal Electoral y del STJ, que deberán resolver sobre las
impugnaciones realizadas al intento de Weretilneck de ir por un nuevo mandato.
Ante la consulta sobre la renuncia del secretario en
cuestión Rochas contestó “la aceptación de toda renuncia de un magistrado o
funcionario del Poder Judicial, es competencia exclusiva del Superior Tribunal
de Justicia, razón por la cual nada debe este Consejero expresar al respecto”.
El parlamentario del FPV se expresó a favor de “la necesidad
de llevar adelante un Juicio Político; todo ello, con independencia de la
situación de revista de ese magistrado o funcionario”.
Allí Rochas se metió en un tema que preocupa a todo
magistrado en proceso de retiro o jubilación
porque sentó posición como miembro del Consejo de la Magistratura
argumentando que “todo aquel que ostentando status judicial, cometió faltas en
el ejercicio de su cargo, está sujeto al enjuiciamiento político que prevé
nuestra Constitución, con prescindencia de si se reporta en el servicio activo
del Poder Judicial”.
El legislador tiró un mensaje por elevación al STJ y el Tribunal
Electoral, aduciendo que “en especial, lo digo no sólo por el caso que nos
convoca, sino fundamentalmente por aquellos magistrados que, hipotéticamente,
ante la posible comisión de un delito, o ante una eventual anuencia en la
violación de una cláusula constitucional realizada en el ejercicio de su alto
cargo, podrían llegar a ser sometido a Juicio Político. Todo ello, con
independencia (o no) de que haya sido aceptado su retiro en el marco de la Ley
24.018, mal llamada jubilación”.
Rochás indicó que a su entender “cualquier magistrado o
funcionario por más alto cargo que ostente, que viole o consienta la violación
a la ley, pero principalmente a nuestra Carta Magna, debe y merece ser juzgado aun
cuando no se reporte dentro de la plana activa del Poder Judicial. Y,
eventualmente, serán exonerados y perderán el status judicial que pudieran
tener, con independencia de que estén en actividad o gozando de los generosos
haberes que la ya referida Ley 24.018 les otorga”.
Por último el miembro del Consejo de la Magistratura aclaró
que dejaba plasmado este posicionamiento político-institucional “que no sólo va
de la mano de lo que coherentemente venimos sosteniendo desde hace tiempo, sino
esencialmente con lo que marca la Constitución”.

24 diciembre 2025
Río Negro