Por decreto, la gobernadora Arabela Carreras autorizó
las caminatas recreativas y esparcimiento en 30 Municipios y la totalidad de
las Comisiones de Fomento, todas respetando estrictas normas de bioseguridad
para evitar la propagación del COVID-19.
En tanto, se podrán realizar en la totalidad de los
Municipios y Comisiones de Fomento actividades de ciclismo.
Las caminatas recreativas y de esparcimiento podrán
realizarse los días martes, jueves, sábados, domingos y feriados, en el horario
de 13 a 19 horas. Se permitirá una duración máxima de 60 minutos, en un radio
máximo de 500 metros del domicilio habitual.
La medida es adoptada en beneficio de la salud y el
bienestar psicofísico de la población, y alcanza a los Municipios de Viedma,
Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo,
Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, Dina Huapi, El Bolsón, General
Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero
Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco,
Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra
Colorada, Sierra Grande y Valcheta.
Pautas a tener en cuenta
Las caminatas recreativas deberán realizarse en un
radio de 500 metros del domicilio, y será obligatorio el uso de protectores
faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal.
En tanto, en todo momento deberá guardarse un
distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de
niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en
compañía de una persona mayor conviviente.
No se encuentran habilitadas para estas actividades
las plazas, parques o similares.
En este marco, los Municipios deberán establecer
horarios diferenciados para niños acompañados de adultos, y deportistas, como
así también establecer circuitos y demás pautas que permitan garantizar de
forma correcta el distanciamiento social.
Ciclismo como medio de transporte y deportivo
Por otra parte, el Decreto Provincial habilita la
actividad de ciclismo en todos los Municipios y Comisiones de Fomento, sea como
medio de transporte o con fines deportivos, siempre y cuando la misma se
realice de forma individual y manteniendo el distanciamiento social. Se
permitirá el acompañamiento de un progenitor o persona afín en el caso de niños
menores de 12 años.
Control Municipal
Los Municipios y Comisiones de Fomento serán los
encargados de establecer los términos y condiciones para realizar todas estas
actividades. No obstante, el Poder Ejecutivo Provincial podrá, previa
evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración
y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger
la salud pública.
Cabe resaltar que las personas beneficiadas con estas
actividades deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios
específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las
recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades
nacionales y provinciales.
La norma invita a los Municipios y Comisiones de
Fomento de la provincia alcanzados por este decreto, a adherir en forma total o
parcial a la medida, siendo los encargados de supervisar el debido cumplimiento
de las actividades exceptuadas y a establecer los protocolos sanitarios
específicos.

7 enero 2026
Río Negro