Tras un trabajo en conjunto
entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Justicia y la Jefatura
de la Policía de Río Negro en el marco de la perspectiva de género, se revisó
una resolución respecto al pedido de una madre no gestante que se desempeña
como empleada policial
En razón de ello y adoptando
además un criterio de apertura, desde la Jefatura de la Policía de Río Negro,
se resolvió otorgar a la mujer, la correspondiente Licencia Familiar porNacimiento por 180 días con goce de haberes.
La resolución se basa en el
Artículo 2, incisos b) y c) de la Ley provincial 5348. Los días de la
mencionada licencia son computables a partir de la fecha en la que se
produjo el nacimiento.
La decisión de la Policía de
Río Negro se tomó de manera previa a una resolución que se tramitaba de
manera paralela por parte de la Cámara de Trabajo de Cipolletti que se
expidió al respecto.
Del análisis jurídico se
desprendió que para otorgar la licencia solo es exigible a la empleada: ser
agente del sector público provincial; acreditar el nacimiento de un
hijo/a, y acreditar la opción del inciso c) respecto de quién de los/ las
progenitores/as usufructuará la licencia de 180 días.
En ese sentido, en la
resolución se señala que lo que se procura es la concesión de una licencia que
atiende al cuidado de la persona recién nacida y que dicho cuidado puede ser
perfectamente realizado por cualquiera de los / las progenitores/as, escindidos
de la condición de gestación.

24 enero 2026
Río Negro