El Superior
Tribunal de Justicia declaró inconstitucional una parte de la
Ordenanza Tarifaria del municipio de Roca que permitía el cobro de
una tasa por “abasto y/o inspección veterinaria” a los camiones
que ingresaban con productos alimenticios.
El STJ
concluyó que la facultad de control de la calidad de la mercadería
en tránsito ya está asignado a Senasa. Por lo tanto, el control
sobre la ruta que ejerce el Municipio implica en la práctica “una
aduana interior” y una “duplicación” que invade la competencia
nacional. La comuna tiene facultades para controlar la mercadería
pero en los puntos de ventas al público.
La decisión del Superior Tribunal se respaldó en fallos de la Corte Suprema de Justicia.
La demanda fue
promovida por empresas distribuidoras de productos alimenticios ya
que la municipalidad les cobraba a los camiones que ingresaban a la
ciudad una tasa a través de un puesto instalado en el acceso.
En lo central, sostuvieron que “las normas municipales impugnadas instituyen una aduana interna inconstitucional, bajo el pretexto de un control bromatológico ya realizado por las autoridades nacionales competentes”.
27 noviembre 2024
Judiciales