Declaran inconstitucional cobro de tasa municipal a camiones que ingresan con alimentos

Fue en Roca y según el fallo del Superior Tribunal de Justicia se invade facultades de la Nación

Comentar

El Superior Tribunal de Justicia declaró inconstitucional una parte de la Ordenanza Tarifaria del municipio de Roca que permitía el cobro de una tasa por “abasto y/o inspección veterinaria” a los camiones que ingresaban con productos alimenticios.


El STJ concluyó que la facultad de control de la calidad de la mercadería en tránsito ya está asignado a Senasa. Por lo tanto, el control sobre la ruta que ejerce el Municipio implica en la práctica “una aduana interior” y una “duplicación” que invade la competencia nacional. La comuna tiene facultades para controlar la mercadería pero en los puntos de ventas al público.


La decisión del Superior Tribunal se respaldó en fallos de la Corte Suprema de Justicia.


La demanda fue promovida por empresas distribuidoras de productos alimenticios ya que la municipalidad les cobraba a los camiones que ingresaban a la ciudad una tasa a través de un puesto instalado en el acceso.


En lo central, sostuvieron que “las normas municipales impugnadas instituyen una aduana interna inconstitucional, bajo el pretexto de un control bromatológico ya realizado por las autoridades nacionales competentes”.



También te puede interesar...