Estafas virtuales: Fallo determina que el Banco debe garantizar la seguridad

La estafa transfirió saldo bancario a Mercado Pago y de allí a cuentas desconocidas

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Una mujer de Viedma denunció ante Defensa del Consumidor que mediante una estafa, transfirieron dinero de su saldo bancario a la billetera virtual de Mercado Pago y de allí reenviaron a cuentas desconocidas. En una hora le sacaron más de 100 mil pesos. Cuando revisó, le quedaban 27 centavos.


Como la cuenta del banco estaba asociada directamente a la billetera de Mercado Pago, lo que se debatió jurídicamente es si la responsabilidad correspondía a la entidad crediticia o a la plataforma.
Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial dispuso que el banco debía reintegrar el monto de las operaciones, que fueron desconocidas por la clienta. Además, le ordenó informar “respecto a las medidas de seguridad bancaria adoptadas en general y en particular para el caso”.


El Banco apeló la decisión ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Viedma. Argumentó que las transferencias “no fueron directamente dirigidas desde su cuenta bancaria del Banco Macro a la cuenta de un tercero, sino que, a través de un débito inmediato (“DEBIN”) fueron acreditadas en su billetera virtual de Mercado Pago”.


En este marco, aclaró que “el DEBIN es una forma de hacer transferencias a través del cual se debita un monto de una cuenta bancaria de manera inmediata y directa en la billetera virtual solo asociando la cuenta bancaria desde la que se utilizará el dinero para hacer la transferencia”.


Argumentó que si después desde la billetera virtual de Mercado Pago se transfirió a otro lugar, el banco es ajeno.


Por su parte, la Provincia se presentó para argumentar en favor de la decisión adoptada: el banco “es el administrador de la cuenta bancaria de la denunciante desde donde se efectuaron las transferencias denunciadas como ilícitas, previo paso a terceras personas, afirmando que si finalmente se acredita definitivamente en sede administrativa o penal que existió una maniobra fraudulenta, la misma tuvo origen y fue posible por una defectuosa prestación del servicio bancario en términos de seguridad electrónica para con sus clientes”.


Agregó que el banco provee “la cuenta bancaria y de la plataforma virtual para operar vía home banking, entonces también responsable por brindar las garantías de seguridad necesarias para evitar este tipo de fraudes, sin perjuicio de cargar con el deber genérico de brindar información precisa vez y suficiente que se desprende de la Ley de Defensa del Consumidor”.


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