En un operativo de tránsito en septiembre de 2018 inspectores municipales secuestraron una moto Honda, luego de que el test de alcoholemia de su conductor diera positivo.
El
motociclista abonó la multa en cuotas. Cuando completó el pago, fue
al depósito municipal a retirar la moto. “No la encontramos”, le
dijeron en la dependencia comunal. “Te llamamos”, le prometieron,
pero no lo hicieron. A los pocos días volvió, pero la moto nunca
apareció. La segunda vez, la desaparición quedó plasmada en un
acta.
El secuestro había
ocurrido en septiembre de 2018 y el motociclista se presentó en
marzo del año siguiente. El hombre debió pasar por diversas
instancias de reclamo en la propia comuna, luego intentos de
conciliación y finalmente un litigio en el fuero civil. Ese
padecimiento también lo tuvo en cuenta el fallo, que le otorgó
también un resarcimiento por daño moral.
Agotadas todas las instancias, inició una demanda. El juez analizó la prueba y concluyó: “sin duda el extravío de la motocicleta y la consiguiente falta de restitución al actor, debe tenerse por acreditado. Con ello el requisito de la existencia de un daño resarcible cierto”.
El
motociclista había pedido el equivalente a una motocicleta 0
kilómetro. Pero el juez tuvo en cuenta que era usada. Actualizó el
valor de mercado de un modelo similar con tres años de antigüedad y
dispuso que por ese rubro correspondía un millón y medio.
También
abordó la “privación de uso” de la motocicleta y aceptó este
rubro. En efecto, “la actitud renuente de la demandada realmente
puso al actor en la situación anormal e inesperada de tener que
promover forzosamente un litigio, con la incertidumbre, espera y
perturbación espiritual que supone”. De esta manera, la
indemnización asciende a poco más de dos millones de pesos.
24 noviembre 2024
Judiciales