El Juzgado Civil N°
3 de General Roca, condenó a una automotriz, una empresa de planes
de ahorro y una concesionaria por no reemplazar una camioneta cero
kilómetro que presentaba un peligroso defecto de fábrica.
La propietaria del vehículo, una Chevrolet Tracker adquirida en septiembre de 2021, descubrió siete meses después de su compra que existía un defecto de fábrica en el modelo que podía provocar un "peligro de incendio" en caso de colisión. Al acudir a la concesionaria Sahiora, se confirmó que su camioneta era una de las unidades afectadas.
A pesar de continuar pagando las cuotas del plan de ahorro, la dueña del vehículo solicitó el reemplazo de la camioneta por otra sin defectos. Sin embargo, los intentos de reparación resultaron insatisfactorios y la información proporcionada sobre la corrección del defecto fue confusa.
El fallo judicial destacó que la incertidumbre generada impidió que la propietaria utilizara la camioneta con confianza, habiendo recorrido solo 22.000 km en tres años. La sentencia subrayó que "rechazar el reclamo de la consumidora como una cuestión subjetiva implica subestimar su reclamo y violar el trato digno hacia ella".
La elección de la compradora fue clara desde el principio: solicitaba el reemplazo del vehículo. La Ley de Defensa del Consumidor reconoce esta opción cuando el bien adquirido no puede ser utilizado para el fin previsto. La sentencia afirmó que "no existe certidumbre sobre la persistencia o no del vicio de fabricación y, en caso de duda, debe interpretarse a favor de la consumidora".
El fallo, que aún no está firme, enumeró diversas violaciones a los derechos de la consumidora, incluyendo incumplimiento del deber de información, trato digno, seguridad y afectación de la autonomía y el derecho de propiedad.
Como resultado de la condena, la concesionaria Sahiora, la administradora Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados y la fabricante General Motors de Argentina SRL deberán entregar a la mujer una camioneta nueva del mismo modelo o equivalente, cubrir los costos administrativos para que pueda transferirla y devolver la camioneta defectuosa. Además, deberán indemnizarla con $ 1.850.000 pesos por daño moral. La automotriz fabricante, de manera independiente, deberá abonar más de 6 millones de pesos en concepto de "daño punitivo".
24 noviembre 2024
Judiciales