Un trabajador rural que sufrió un accidente mientras realizaba tareas de relevamiento en el campo de su empleadora será indemnizado, según determinó la Cámara Laboral de Viedma. El hombre se disparó accidentalmente en el abdomen con un rifle calibre 22, resultando en múltiples lesiones que requirieron varias cirugías.
El incidente ocurrió cuando el trabajador bajó de su camioneta y se dirigió a recoger su rifle, el cual llevaba por protección. Al tomar el arma desde la puerta del acompañante, no advirtió que estaba atascada a la altura del gatillo, y al intentar liberarla, el rifle se disparó impactándolo en el abdomen. Fue asistido inicialmente en el hospital de San Antonio Oeste y luego trasladado al hospital de Viedma para intervenciones médicas más complejas.
Tras el accidente, el trabajador denunció el hecho a su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que aceptó cubrir el siniestro como accidente laboral y proporcionó los estudios necesarios. Sin embargo, la ART le otorgó el alta sin que hubiera una evolución favorable, lo que llevó al trabajador a impugnar la valoración de incapacidad realizada por la Comisión Médica.
La aseguradora argumentó que había brindado la atención médica adecuada y que las conclusiones de la Comisión Médica eran válidas. No obstante, la Cámara Laboral consideró otros informes médicos de AFIP, del Hospital Zatti, del Policlínico Privado y del Hospital Aníbal Serra de San Antonio Oeste. Durante la audiencia de conciliación no se alcanzó un acuerdo.
Una especialista interviniente concluyó que el trabajador sufrió un traumatismo abdominal por un proyectil de arma de fuego, lo que requirió múltiples cirugías para la reconstrucción intestinal y tratamiento de abdomen agudo. Las secuelas resultantes fueron descritas en el examen físico, y se determinó una incapacidad permanente y definitiva del 33 por ciento, significativamente mayor a la inicial del 6 por ciento evaluada por la Comisión Médica.
El fallo de la Cámara Laboral aclaró que, aunque el dictamen pericial no es necesariamente vinculante para el juez, en este caso no había motivos para refutarlo. Por ello, se condenó a Federación Patronal Seguros S.A. a abonar al trabajador rural la indemnización correspondiente a la incapacidad laboral reconocida.
24 noviembre 2024
Judiciales