Un predio ferroviario de unos 2.800 metros cuadrados ubicado dentro de la estación de Bariloche deberá ser restituido a Tren Patagónico luego de una resolución judicial que hizo lugar a una demanda de desalojo impulsada por la empresa estatal provincial. El fallo alcanza a un galpón de 450 metros cuadrados y una vivienda construidos en el lugar, sobre calle Vereertbrugghen al 3039.
La decisión fue tomada por el fuero Contencioso Administrativo, que consideró acreditado el vencimiento del contrato de locación, la existencia de deuda por alquileres y las intimaciones previas cursadas por la empresa para recuperar el inmueble. La demanda había sido presentada por la Fiscalía de Estado de Río Negro en representación de Tren Patagónico.
Según consta en el expediente, el contrato de alquiler fue firmado en 2016 por un plazo de tres años. Desde la empresa sostuvieron que el canon dejó de abonarse y que la deuda acumulada superó los 12 millones de pesos. Además, indicaron que el ocupante no restituyó el predio pese a las notificaciones enviadas para regularizar la situación.
La defensa pidió el rechazo de la acción judicial y argumentó que la relación con el espacio ferroviario venía de años anteriores bajo otra modalidad vinculada a actividades culturales y artísticas. También planteó que el inmueble era utilizado como taller de trabajo en piedra y que allí se realizaron mejoras y construcciones, incluida una vivienda.
Durante el proceso judicial se incorporaron informes bancarios, comunicaciones postales y una pericia caligráfica que confirmó la autenticidad de la firma estampada en la documentación contractual. El juez también valoró una nota dirigida al gobernador provincial en la que el ocupante reconocía la deuda y manifestaba intención de alcanzar un acuerdo para continuar utilizando el lugar.
En la sentencia, el magistrado reconoció la trayectoria artística y social del ocupante, identificado en el expediente como artesano y referente comunitario. Incluso, destacó que distintos testimonios dieron cuenta de la calidad de su trabajo y de las tareas de mantenimiento realizadas en el predio ferroviario.
Sin embargo, el fallo remarcó que esas circunstancias no modificaban el eje del litigio. El juez entendió que el punto central era determinar si existía un título legal que justificara la permanencia en el inmueble una vez vencido el contrato y realizadas las intimaciones correspondientes por parte de Tren Patagónico.
Con esos elementos, la resolución ordenó el desalojo del inmueble y fijó un plazo de diez días para la restitución del predio una vez que la sentencia quede firme. La medida alcanza también a dependientes, subinquilinos o cualquier otra persona que permanezca en el lugar.
El fallo además dejó abierta la posibilidad de que el ocupante reclame en otra instancia judicial las mejoras realizadas en el inmueble. La sentencia de primera instancia todavía no quedó firme y puede ser apelada.
21 mayo 2026
Judiciales