El STJ pidió los antecedentes del conflicto institucional en Allen

El máximo tribunal provincial asumió la competencia en la disputa entre el intendente Raúl Román y el Concejo Deliberante, pero aún no resolvió sobre el fondo de la controversia

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El conflicto institucional entre el intendente de Allen, Raúl Marcelo Román, y el Concejo Deliberante quedó formalmente en manos del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que se declaró competente para intervenir en la causa y ordenó remitir toda la documentación vinculada con el caso.

La resolución, dictada este jueves, establece que la disputa constituye un conflicto de poderes entre los órganos Ejecutivo y Legislativo municipales, una situación cuya resolución corresponde, en forma originaria y exclusiva, al máximo tribunal de la provincia.


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La presentación fue realizada por Román, quien cuestionó la decisión del Concejo Deliberante de suspenderlo en el cargo y designar en su reemplazo al presidente del cuerpo legislativo, Fabián Figueroa. Además, incorporó un nuevo planteo al expediente al denunciar que el Concejo se negó a recibir el veto de una ordenanza, lo que, a su entender, le impidió ejercer una atribución prevista en la Carta Orgánica Municipal.

Al analizar la presentación, el STJ coincidió con el criterio expuesto por el Procurador General y concluyó que el caso debe tramitar como un conflicto de poderes entre órganos municipales, tal como lo prevén la Constitución de Río Negro y el Código Procesal Constitucional.

No obstante, el tribunal aclaró que la resolución no implica un pronunciamiento sobre la legalidad de las decisiones adoptadas por el Concejo Deliberante ni sobre los planteos formulados por el intendente. En esta instancia, únicamente resolvió que es el órgano competente para intervenir en la controversia.


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Como siguiente paso, el STJ intimó al Concejo Deliberante de Allen a remitir, en un plazo de cinco días, todos los antecedentes relacionados con el conflicto. También ordenó notificar al cuerpo legislativo de la demanda presentada por el intendente y del escrito mediante el cual incorporó el nuevo hecho denunciado.

Con esa documentación, el Superior Tribunal continuará la tramitación del expediente y, posteriormente, deberá analizar el fondo de la controversia entre ambos poderes municipales.

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