Quedó firme el control biométrico en Salud y ASSPUR perdió la cautelar

El Gobierno provincial agotó la vía administrativa y dejó sin efecto la suspensión transitoria que había obtenido el gremio. El registro de asistencia mediante reconocimiento facial vuelve a ser obligatorio para el personal del Ministerio de Salud

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El control biométrico de asistencia en Salud continúa vigente luego de que el Gobierno de Río Negro completara el procedimiento administrativo que había motivado la suspensión cautelar obtenida por ASSPUR en la Cámara del Trabajo de Viedma.

La medida judicial había suspendido transitoriamente la aplicación de la Resolución 986/2026, que establece la obligatoriedad del registro de asistencia mediante biometría facial. Sin embargo, la cautelar tenía vigencia únicamente hasta que la Provincia resolviera un recurso jerárquico presentado por el gremio.

Ese trámite se completó mediante el Decreto 903, que rechazó el planteo de ASSPUR y ratificó la obligatoriedad del sistema. Con la notificación del decreto, quedó agotada la vía administrativa, condición que había establecido la Justicia para mantener la suspensión.

La Provincia acreditó esa situación ante la Cámara del Trabajo de Viedma, que tuvo por cumplido el requisito y remitió a los términos de su resolución anterior. De esta manera, la medida cautelar perdió vigencia y el control biométrico volvió a ser obligatorio para el personal alcanzado del Ministerio de Salud.

La decisión judicial inicial no había resuelto la cuestión de fondo ni declarado inválido el sistema, sino que había dispuesto una suspensión provisoria mientras se encontraba pendiente la respuesta administrativa al reclamo sindical.

El caso se suma a otros planteos judiciales contra el mecanismo de registro. La Justicia también rechazó un amparo presentado por UPCN, que buscaba dejar sin efecto el control biométrico para sus afiliados.

En esa resolución, se consideró que no estaba acreditada la existencia de un daño grave e irreparable ni una ilegalidad o arbitrariedad manifiesta que justificara la utilización de la vía excepcional del amparo.

Con el agotamiento de la instancia administrativa y el vencimiento de la cautelar, el sistema de reconocimiento facial permanece vigente y es de aplicación obligatoria para el personal comprendido en la Resolución 986/2026.

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