De todos modos se aclaró que con fecha 9 de junio del año en curso, la Dirección General de Coordinación, Despacho y Boletín Oficial, de la Secretaría General de la Gobernación, remitió para referéndum en consulta el original de tal decreto al vicegobernador de la Provincia en su carácter de presidente de la Legislatura.
Con fecha 10 de Junio y en respuesta a esta consulta efectuada en los términos del artículo 181 de la Constitución Provincial, el vicegobernador Bautista Mendioroz no refrendó la iniciativa en virtud de no compartir el instrumento propuesto.
“Si tal como se informa en los medios, el mencionado decreto de naturaleza legislativa fue dictado y no enviado a la Legislatura en los términos del inc.6. del citado artículo 181 de la Constitución Provincial, es decir dentro de los cinco días, el mismo pierde su vigencia automática”, informaron desde la Legislatura.
26 noviembre 2024
Río Negro