Un vecino de Bariloche resultó procesado como presunto autor
penalmente responsable de "Infracción a la Ley Nacional N° 14346 de
Protección Animal", al maltratar a una perra de raza bóxer que estaba a su
cuidado. Así lo dispuso durante las últimas horas el Juez Bernardo Campana,
acción ésta que ha sido confirmada por la Cámara del Crimen.
Según la imputación, “el can presentaba un avanzado estado
de desnutrición, una severa lesión en la parte trasera del muslo, la que
permitía ver el hueso, y afecciones cardíacas”, además, consigna también que la
perra estaba desnutrida y sin atención veterinaria.
Estas actuaciones se iniciaron con la presentación efectuada
por una mujer, que advirtió el estado en el que se encontraba la perra y así lo
comunicó a la Defensoría del Pueblo de Bariloche, quien indicó realizar la
denuncia ante la Fiscalía.
La persona imputada al prestar declaración indagatoria
brindó detalles exculpatorios, consignando que no tuvo intención de causar daño
a la perra. Inmediatamente se ordenó el secuestro del can, de raza boxer, color
marrón y estatura mediana.
Al momento de dictar el procesamiento, el Juez ha tenido en
cuenta diversos elementos probatorios, entre los que se destaca el informe del
médico veterinario, quien informó que el estado corporal que presentaba el
animal era muy deficiente. Al momento del examen, pesaba 19 kilogramos, peso
calificado como "muy debajo del normal para su tamaño", presentaba
musculatura corporal consumida, sin reservas de grasas subcutáneas, y
prominencias óseas muy notorias, con ulceras por decúbito, pelaje opaco y
quebradizo.
Además, se movilizaba en una posición encorvada con
manifestación de dolor a causa de artrosis en diversas articulaciones, más
graves en sus rodillas y codos. En síntesis el profesional señaló que "de
todas estas manifestaciones clínicas, podría sospecharse como causa más
probable la falta de un cuidado apropiado por parte de la persona responsable
de su tenencia. Falta de alimento adecuado, tanto en calidad como cantidad
sumado a lugar poco adecuado para reposar que llevarían a estas lesiones de
piel tan graves.
Como tratamiento instauró terapia nutricional con suplemento
vitamínico y tratamiento antiparasitario, con control semanal. Asimismo otros
profesionales veterinarios intervinieron. Por caso se le realizó electrocardiograma,
el que diagnosticó pronóstico grave con posibilidad de muerte súbita. Se
realiza tratamiento para ello. Posteriormente también se encuentra agregado el
informe de su evolución el que incluye el aumento de peso, (de 19 kilos pasó a
29 kilos), reducción de la úlcera de la zona de la cadera izquierda y pelaje en
mejor estado.
Relevante también resultó el testimonio de la mujer
denunciante quien alertó sobre el estado de deterioro que presentaba la perra.
Señaló que formuló la presentación "para que la perra no se muriera".
Consigna la resolución que los elementos probatorios
reunidos son suficientes para formular un reproche provisional al encartado. En
lo fundamental, la ley de malos tratos contra los animales Nro. 14346 en su
art. 1 prescribe "Será reprimido con prisión de quince (15) días a un (1)
año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a
los animales. En tanto que en su art. 2. Describe que serán considerados actos
de mal trato: 1) no alimentar en cantidad y calidad suficientes a los animales
domésticos o cautivos".
También quedó demostrado que el hombre imputado percibía un
salario, es decir que contaba con los medios suficientes para alimentar a la perra
y brindarle asistencia veterinaria.

23 diciembre 2025
Judiciales