La Procuradora General, Silvia Baquero Lazcano dictaminó que se garantice la libre circulación en una fracción de campo privado ubicado en la zona de Mancha Blanca a través de la cual se ingresa a la celda de disposición final de los residuos de la ex fundición de la mina denominada “Gonzalito”.
En relación a
ello se había generado una instancia judicial entre la Fiscalía de Estado y el
propietario del campo en cuestión, que en alguna oportunidad había trabado las
tranqueras del predio impidiéndole a la empresa contratada para la ejecución de
los trabajos de remediación, su paso hasta el depósito.
Ante la presentación realizada por el
Estado rionegrino denunciando esta situación, el Juez de Amparo subrogante,
Sergio Barotto, impuso una medida cautelar ordenando la prohibición de
restringir la libre circulación. No obstante, transcurrido un tiempo, el
propietario solicitó judicialmente dejar sin efecto tal medida por considerar
que la Fiscalía de Estado no cumplía con su parte del acuerdo.
En su Dictamen, Baquero Lazcano sostiene
que “la prohibición de obstaculizar el acceso debe mantenerse hasta tanto se
encuentre garantizada la libre circulación al sitio en el cual se efectúan las
tareas de remediación o hasta que finalice la obra”, tal como lo ordena la
medida cautelar.
Según su opinión, esto adquiere mayor
fortaleza ante la constancia expuesta por la Fiscalía de Estado, de que los
campos en cuestión se encuentran afectados en un 5% de su superficie total a la
servidumbre administrativa procurando la satisfacción de diversos fines, entre
ellos la apertura de caminos y vías de comunicación.
“Esta disposición de garantizar el libre acceso tiene como objetivo principal la protección de la salud y el derecho al medio ambiente”, finalizó la Procuradora General.

23 diciembre 2025
Judiciales