Una fabricante de
vehículos, una concesionaria y un taller oficial deberán indemnizar a un
cliente que compró un cero kilómetro y al poco tiempo ya no pudo usarlo por
demoras en la reparación de una falla de fábrica. El arreglo demandaba
razonablemente una semana, pero por una supuesta falta de repuestos, lo
tuvieron más de cinco meses. Pretendieron escudarse en que el contrato los
autorizaba a tenerlo hasta 120 días hábiles, pero los fallos rechazaron el
argumento.
Todo comenzó cuando
un hombre en Roca compró de contado una VW Saveiro. El primer service oficial
debía hacerlo a los 15 mil km, pero al alcanzar los 9.000 debió concurrir al
taller oficial porque el motor no regulaba.
Como la unidad estaba
en garantía, el hombre espero un rápido diagnóstico, solución y entrega en
perfecto estado. Sin embargo, los días pasaban y pese a que reclamaba
información, “nadie le decía nada”. Finalmente le indicaron que el rodado
estaba listo y que era un problema “de combustible”. Al retirar la unidad y
hacer unos pocos metros, advirtió que la camioneta seguía teniendo la misma
falla. Inmediatamente la reingresó a reparación y nuevamente se sucedieron las
demoras sin información respecto del problema. Desde la concesionaria
finalmente le informaron que era un problema del catalizador y que la fábrica
no les enviaba los repuestos.
El actor continúo sus
reclamos pidiendo algún tipo de solución, porque el vehículo le era
imprescindible. Luego inició una demanda civil en el marco de una relación de
consumo. Un perito mecánico informó que la reparación debió tardar, como mucho,
10 días. Pero la concesionaria y la fabricante se escudaron en que, por
contrato, tenían 120 días hábiles reponer el bien.
Un fallo de primera instancia
condenó a la concesionaria Iruña S.A., al taller oficial y a Volkswagen
Argentina S.A. La indemnización por la privación del uso, el daño punitivo y el
daño moral ascendió a 800.000 pesos, más los intereses acumulados.
La Cámara Civil de
Apelaciones confirmó el fallo y recordó que el artículo 12 de la Ley 24.240 de
Defensa del Consumidor establece que los fabricantes, importadores y vendedores
deben “asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y
repuestos”.
“Actuando de buena fe
y diligentemente, tanto fábrica como la concesionaria, en menos de una semana
deberían haber estado los repuestos en Neuquén (compras como éstas por
Internet, cuentan con transporte a la zona en dos o tres días sin
inconvenientes) y repararse dentro del plazo de una semana indicado por el
perito”, advirtió el fallo. “Debían en consecuencia existir repuestos en el
país para los vehículos nuevos que seguían vendiendo, siendo obvio que quien
compra aquellos confía en que esto así sea”, analizó.
También rechazó la
pretensión de las empresas de “exonerarse de toda responsabilidad sosteniendo
que contaban con un plazo de 120 días hábiles para la reparación”. “Esta
cláusula se advierte abusiva o cuanto menos su ejercicio es abusivo al tomarse
todo el plazo previsto en el contrato para situaciones que no lo reclaman, tal
como surge de la pericia”, dice la sentencia. “No solo la cláusula de los 120
días es abusiva, sino que además la empresa la interpreta de un modo totalmente
inadmisible y lesivo de los consumidores”, agregó.
“No es posible
concluir que la cláusula autoriza a la empresa a proveer los repuestos e
iniciar los trabajos de reparación discrecionalmente cuando quiera en tanto no
se extienda de aquél plazo. Ciento veinte días hábiles -medio año- no puede reputarse
sino como muy excesivo. Tanto más esto en un vehículo nuevo del que se espera
que no presente fallas”, explicó la sentencia.
El Tribunal concluyó
que “se ha configurado una clara violación a la buena fe debida y la confianza
depositada por el actor en las demandadas, incurriendo éstas y especialmente la
terminal automotriz en un abuso de su posición dominante que no debe convalidarse”.
Incluso planteó que
dado el lapso extendido “pudo y debió Volkswagen Argentina S.A. aliviar la
situación del actor facilitándole un vehículo mientras se reparaba el suyo,
pero nada hicieron en este sentido”.
17 enero 2025
Judiciales