Frente a las declaraciones mediáticas de la gobernadora Arabela Carreras y la publicación en la página del Ministerio de Educación del plan de descuentos del gobierno sobre los salarios de lxs trabajadorxs de la educación, UnTER presentó ante la Justicia una acción de amparo para que el gobierno deje sin efecto, o se abstenga de ejecutar, los descuentos por los días de paro.
La presentación, realizada ante la Cámara del Trabajo, Primera Circunscripción de Viedma, sostiene que se trata de un “proceder ilegítimo y arbitrario” del Ministerio de Educación “descontar de las remuneraciones de los y las trabajadores y trabajadoras docentes, los días en que no asistieron a sus tareas en razón de haber cumplido la medida de fuerza (paro) decretada por esta Entidad Gremial”.
El amparo incluye tanto los descuentos ya efectuados sobre los haberes del mes de marzo como la “inminente concreción” de descuentos sobre los restantes días de huelga, a partir de los anuncios públicamente difundidos por el gobierno en una clara actitud presecutoria y con intenciones de disciplinamiento.
Se trata de una “grave violación del derecho constitucional de huelga”, toda vez que los paros fueron realizados en el marco de medidas de fuerza resueltas en Congresos de la organización gremial y decretadas con total validez al amparo tanto de la Constitución Nacional como de la Constitución Provincial y de los Tratados Internacionales.
En este sentido, el amparo solicita a la Cámara Laboral que ordene al Ministerio de Educación “dejar sin efecto y/o abstenerse de ejecutar las decisiones actuales e inminentes que implican y/o implicarán el descuento de días de remuneración a lxs docentes rionegrinxs fundada en días de paro”.
En la presentación, UnTER fundamentó que el inicio del conflicto se remonta a mediados del año pasado, “a partir de múltiples y sucesivos incumplimientos graves en que ha incurrido la Autoridad Gubernamental en el marco del proceso paritario”. Y se destaca que el punto de partida fue “la injustificada inobservancia por el Ministerio de Educación y Derechos Humanos del acuerdo logrado en Acta Paritaria del 25/10/2022”, homologado por el Ministerio de Trabajo, en relación con el pago por planilla complementaria del 10% de recupero de la inflación del tercer trimestre.
“El panorama así instalado se vio severamente agravado, merced a la persistente y obstinada postura” del Gobierno, que vulneró el derecho a la justa retribución de lxs trabajadorxs de la educación. En el amparo se señala “un dilatado proceso paritario durante cuantiosas reuniones, todas caracterizadas por el absoluto desdén hacia la manda de negociar de buena fe y consecuente deber de ofrecer propuestas de recomposición e incrementos ajustados a la pauta de conservación de poder adquisitivo del salario docente, única forma posible de hacer prevalecer su condición de dignidad”.
Las medidas de acción directa resueltas por los Congresos se dieron cuando “el conflicto arribó al punto de algidez y gravedad expectable ante semejante negativa gubernamental en cuanto al respeto de los elementales derechos laborales” de lxs trabajadorxs de la educación. Ratificamos que se trata de medidas de fuerza cuya legitimidad es innegable.
Se denuncia también en el amparo la represalia por parte del Ministerio de Trabajo provincial al dictar una conciliación obligatoria que “claramente tuvo el fin de cercenar e imposibilitar el libre ejercicio de este gremio del derecho constitucional a la huelga; en todo momento alineado con su postura de manifiesta parcialidad en favor de la parte empleadora”.
Contra esas definiciones, UnTER realizó las actuaciones administrativas y judiciales pertinentes contra la conciliación obligatoria en razón de los vicios que afectaron su validez y requirió la suspensión de sus efectos. Aunque estas vías recursivas actualmente están pendientes de resolución, el Ministerio de Trabajo persistió en la persecución a la UnTER e inició procedimientos sumariales con el fin de imponer sanciones millonarias.
El documento señala que “resulta insuficiente la explicación de que el descuento se produce como una lógica consecuencia de la no prestación de tareas, toda vez que en el escenario descripto dicha medida cobra una entidad tal que manifiestamente apunta a cuestionar y cercenar el ejercicio elemental del Derecho a Huelga”.
Y resalta que la acción de amparo busca “dejar a salvo el derecho de lxs trabajadorxs a su remuneración cuando la huelga se originó en causas imputables exclusivamente al empleador”.
21 noviembre 2024
Río Negro