Los gobernadores de las provincias patagónicas difundieron el siguiente documento:
*EN DEFENSA DE LA SOBERANÍA, LOS RECURSOS Y LA INDUSTRIA PESQUERA DE LAS PROVINCIAS PATAGONICAS*
Las modificaciones en materia de regulación que impone la propuesta legislativa realizada por el Poder Ejecutivo Nacional, conocida como "Ley Ómnibus", nos obliga a defender la actividad pesquera de nuestra región, su sostenibilidad y principalmente la soberania de nuestro país.
Los tres ejes principales que consideramos afectan gravemente la economía nacional y el desarrollo de la actividad
pesquera al abrir el acceso del Mar Argentino a buques extranjeros son:
• MODIFICACIÓN EN LA OBLIGATORIEDAD DE DESCARGA EN PUERTOS ARGENTINOS
En primer lugar vemos con preocupación la derogación del Artículo 25* del Régimen Federal de Pesca, Ley 24.922, que con anterioridad a esta reforma obligaba a descargar toda la pesca de los barcos que tengan licencia argentina en puertos nuestro pais, con el claro fundamento de generar empleo directa e indirectamente en suelo argentino, es decir, miles de personas que trabajan en torno a la actividad, como estibadores y personal de logística para que después las plantas procesen los productos. Con su derogación, nuestros recursos se podrian descargar fuera de nuestro pais lo que afectaría considerablemente la industria nacional en términos laborales y económicos.
COMPETENCIA DESIGUAL EN LA ASIGNACION DE CUPOS DE CAPTURA
El segundo aspecto tiene que ver el Articulo 27* también del Régimen de Pesca, que sufriría una modificación ya que con anterioridad, para acceder a los distintos cupos de especies, se tenía en consideración el historial de capturas de los últimos 10 años de una empresa, su capacidad de inversión y el empleo que habían generado de manera efectiva, entre otros aspectos. Hoy, la modificación indica que nada de todo esto tiene valor, sino que queda sujeto únicamente a una licitación pública entre empresas argentinas y extranjeras, una competencia
absolutamente desigual.
ELIMINACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DE CONTRATAR PERSONAL DE NACIONALIDAD ARGENTINA
Por último, el articulo 40° de la misma Ley, establecia que el 75% del personal embarcado debia ser de nacionalidad argentina con diez años de residencia. A partir de ahora, eso no sería obligatorio, teniendo las empresas la posibilidad de contratar personal extranjero, que no están alcanzados por los convenios colectivos de trabajo que rigen la actividad hace más de 30 años, punto que afectaría fuertemente el sistema de empleo de la región.
Sumado esto, también resulta preocupante que la reforma pretendida sobre el art. 9 de la Ley federal de pesca, provoca una PERDIDA DE REPRESENTATIVIDAD DE LAS PROVINCIAS EN LAS DECISIONES PESQUERAS por cuanto la modificación remueve atribuciones del Consejo Federal Pequero para que sean ejercidas de forma exclusiva por parte del funcionario designado por el Poder Ejecutivo Nacional. De tal manera las decisiones en materia pesquera dejan de ser determinadas de manera democrática y se cercena la voluntad de las Provincias que delegaron facultades en el
Consejo Federal Pesquero al momento de adherir a la Ley Federal de Pesca.
Por todo lo expuesto, rechazamos las modificaciones impuestas y consideramos que es momento de defender la soberanía, los recursos que son de nuestra región y de igual forma los empleos para trabajadores argentinos, dado que en caso de llevarse adelante las reformas planteadas, habrá consecuencias devastadoras para la totalidad de la industria pesquera de las Provincias Patagónicas, el empleo nacional y la sostenibilidad de los recursos, además de debilitar la soberania económica.
Firman: Alberto Weretilneck (Río Negro), Rolando Figueroa (Neuquén), Ignacio Torres (Chubut) y Claudio Vidal (Santa Cruz).
22 noviembre 2024
Río Negro