Por la Asociación de Jubilados de Río Negro*
Porque el nivel de deterioro del poder de compra de los ingresos de los jubilados sufre una reducción histórica:
-Con el gobierno de Macri la reducción fue del 19.5%.
-Con el Gobierno de A. Fernández fue del 34%.
-Con el gobierno Milei, en 8 meses lleva el 8.1% mas el 25.5% diciembre 2023 compartido con el gobierno anterior.
La ley sancionada la semana pasada en el Senado, previo paso por Diputados,
tiende a recuperar ese 8.1% perdido en enero de este año, aunque nada soluciona
de la pérdida pasada. Aplicado ese aumento significa para las jubilaciones
mínimas 15.000$.
Prevé, también recuperar la mitad del crecimiento presunto (si los salarios
de los activos crecieran) para revisar una vez al año. Incluso se estira a
proponer que el ingreso mínimo no sea menor a la canasta básica, para lo que
imagina un índice del 1.09 para los ingresos. Esto es por cada 100.000 pesos
sumaría 9000 pesos. En fríos números… nada.
Fríos números que maneja el Presidente para afirmar que si se aplicara la
fórmula comprometería el futuro de los argentinos. Obviamente miente, porque si
fuera cierto y el futuro dependiera de un aumento de 15mil pesos, vayamos
pensando en hacer algo drástico.
Milei debería dejar el show para la campaña del año próximo y buscar un
poco de coherencia. No puede decir que es Liberal y atropellar contra la
Libertad de Opinión y de Prensa. No puede ser Liberal y manejar el precio del
dólar. O bajar el impuesto a las importaciones y decir que no hay plata para
los jubilados o los alimentos de los comedores escolares. O dejar liberados los
precios de los medicamentos, que aumentan sin techo y mantener subsidiadas las
industrias de amigos en Tierra del Fuego mientras no hay plata para los
hospitales y los médicos, que están en emergencia.
Por todo eso y porque mantener las jubilaciones mínimas en el orden de los 300mil pesos es GENOCIDIO.
Presidente NO USE EL VETO A LA LEY como ya se hizo antes y permita que las jubilaciones sigan
mínimamente a la inflación.
*Personería Jurídica N° 3685.
25 noviembre 2024
Río Negro