El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) desestimó un recurso de queja interpuesto por la defensa de Esther Liliana Padilla Ibáñez, condenada a 5 años y 9 meses de prisión por un siniestro vial ocurrido en marzo de 2024, en el que murieron dos hermanos y su abuela. La resolución ratifica la pena impuesta por el Tribunal de Juicio de Viedma y confirmada por el Tribunal de Impugnación Provincial, según publicó este fin de semana el Diario Río Negro.
La mujer circulaba la noche del 17 de marzo de 2024 por la Ruta Nacional 250, en dirección a General Conesa, al mando de una camioneta Toyota Hilux. Lo hacía con un nivel de alcohol en sangre de entre 1,06 y 1,27 gramos por litro, sin conservar el dominio efectivo del vehículo, enviando mensajes y videos por WhatsApp mientras conducía.
Al llegar al kilómetro 2.320, unos 45 kilómetros al sur de Viedma, Padilla Ibáñez invadió el carril contrario en una curva señalizada con doble línea amarilla. Tras despistarse sobre la banquina izquierda, intentó retomar su carril, pero terminó colisionando de frente contra una Renault Duster que circulaba en sentido opuesto.
En el vehículo viajaban Fabián Armando Andrade, quien conducía, junto a sus dos hijos y su madre. Como consecuencia del choque, murieron Juan Cruz Andrade (28), su hermano Tomás Andrade Mendioroz (11) y la abuela de ambos, Martha Liliana Andrade (75). El padre sobrevivió, aunque sufrió lesiones leves. La conductora, en tanto, se fugó del lugar sin asistir a las víctimas y fue detenida horas más tarde.
El juicio y la condena
Padilla Ibáñez fue juzgada en diciembre de 2024 y el 25 de marzo de 2025 recibió la pena de 5 años y 9 meses de prisión por el delito de homicidio culposo (tres víctimas) y lesiones leves culposas (una víctima), con los agravantes previstos en el artículo 84 bis del Código Penal: conducción antirreglamentaria, exceso de alcohol en sangre, fuga sin auxilio a las víctimas, inobservancia de la señalización vial y la cantidad de muertes provocadas.
La sentencia fue dictada por los jueces Guillermo Bustamante, Carlos Reussi y Marcelo Álvarez, quienes declararon la culpabilidad de la imputada por unanimidad.
Rechazo a los planteos de la defensa
La defensa cuestionó la valoración de las pruebas y pidió la nulidad del fallo, pero el Tribunal de Impugnación Provincial rechazó el recurso el 12 de junio. Posteriormente, presentó una impugnación extraordinaria para que el STJ revisara la sentencia, que también fue denegada. Finalmente, interpuso una queja ante el máximo tribunal provincial, que el 19 de agosto volvió a desestimar los argumentos.
El STJ, integrado por Liliana Piccinini, Ricardo Apcarian, Sergio Barotto y Sergio Ceci, concluyó que la queja había sido presentada de manera extemporánea y sin fundamentos válidos para justificar un desvío de tal magnitud. Además, sostuvo que el TIP había fundado de manera correcta su decisión y que no existió arbitrariedad en la sentencia.
La defensa también había alegado que la pena era excesiva y que no se había tenido en cuenta la perspectiva de género ni posibles atenuantes a favor de Padilla Ibáñez. El STJ rechazó esos cuestionamientos y ratificó el monto de la condena, que se ubica un mes por debajo del máximo previsto por el Código Penal para este tipo de delitos con agravantes.
---
Cronología del caso
17 de marzo de 2024: choque en la Ruta Nacional 250, en el que murieron Juan Cruz y Tomás Andrade, y su abuela Martha Liliana Andrade.
17 de abril de 2024: se formalizan los cargos. La jueza de garantías dicta prisión preventiva para la imputada.
Diciembre de 2024: inicio del juicio oral en Viedma.
25 de marzo de 2025: el Tribunal de Juicio condena a Padilla Ibáñez a 5 años y 9 meses de prisión.
12 de junio de 2025: el Tribunal de Impugnación Provincial confirma la condena.
19 de agosto de 2025: el Superior Tribunal de Justicia rechaza la queja y deja firme la sentencia.

5 diciembre 2025
Judiciales