La Justicia de Río Negro dictó en julio de 2025 una condena de tres años de prisión en ejecución condicional contra Gustavo Daniel Sisterna, dirigente juvenil del Centro Cristiano de Viedma. El fallo, emitido en un procedimiento de juicio abreviado, determinó que el acusado cometió abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez sexual de una adolescente integrante de la congregación. En la sentencia, el juez Guillermo Bustamante señaló que el hecho se produjo mediante “el aprovechamiento tanto de su inmadurez sexual como de la confianza depositada en él por su rol dentro de la iglesia”.
La resolución judicial incluyó restricciones de acercamiento, prohibición de contacto y la obligación de iniciar un tratamiento psicológico. Sin embargo, al tratarse de una pena en suspenso, Sisterna no fue encarcelado y continúa desempeñándose como líder de alabanza dentro de la comunidad religiosa. Esa situación es uno de los principales puntos de preocupación de la familia, que remarcó que su permanencia en un rol de liderazgo implica un riesgo para niñas, niños y adolescentes que asisten al lugar.
El caso desnudó además un entramado de silenciamientos internos en el Centro Cristiano de Viedma. Según consta en testimonios incorporados a la causa, tras conocerse los hechos se ejercieron presiones para minimizar lo ocurrido y evitar su difusión, generando un contexto adverso para la búsqueda de ayuda y la protección. La familia señala que la prioridad institucional estuvo enfocada en evitar consecuencias para la estructura de la iglesia, antes que en acompañar a la víctima y garantizar su integridad emocional.
La congregación, que desde hace años mantiene actividad pública y social en la ciudad, cuenta con una ordenanza del Concejo Deliberante de 2013 que declaró de interés municipal los proyectos conjuntos del Centro Cristiano y la Fundación Más que Vencedores. Ese aval político se enmarcó en las acciones del programa internacional “Invasión del Amor de Dios”, impulsado por el apóstol Jorge Ledesma, hoy bajo investigación federal por presunto lavado de activos y evasión fiscal.
Para la familia afectada, la difusión de lo ocurrido es fundamental para evitar que hechos similares se repitan dentro del ámbito religioso. Sostienen que la posibilidad de que un dirigente condenado continúe en funciones sin mecanismos de prevención claros expone a la comunidad —en especial a adolescentes— a situaciones de vulnerabilidad que podrían prevenirse con información y con medidas institucionales adecuadas.
Si bien la condena representa un avance en términos de reconocimiento judicial del daño, persiste una demanda por profundizar la investigación sobre posibles responsabilidades de quienes integran la conducción de la iglesia y tuvieron intervención en el manejo interno del caso. Desde la perspectiva de género y de derechos humanos, organizaciones especializadas insisten en que la prevención de violencias requiere revisar no solo los hechos individuales, sino también las prácticas institucionales que habilitan escenarios de encubrimiento o minimización.
El expediente quedó bajo supervisión del Juzgado de Ejecución, que debe controlar el cumplimiento de las pautas impuestas a Sisterna y garantizar que la víctima pueda ejercer sus derechos durante esa etapa. El fallo también ordenó su incorporación al Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.

4 diciembre 2025
Judiciales