Ingresó a Legislatura el decreto-ley que deroga prórroga del mandato del defensor del Pueblo

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De ese modo, ahora se establece que el titular de la Defensoría del Pueblo dura en sus funciones un período de cinco años, improrrogable, contados a partir de la fecha de su asunción al cargo.

Podrá ser reelecto una sola vez, previéndose la convocatoria a sesión especial de designación con una antelación de no menos de 15 días a la fecha de finalización del mandato.

Dentro de los 60 días previos, el presidente de la Legislatura convocará a la Comisión de Labor Parlamentaria para evaluar la necesidad de designar un sucesor del defensor del Pueblo en funciones.

El decreto de naturaleza legislativa Nº4/2011 ingresó hoy a las 11.10 a la Dirección General de Asuntos Legislativos.

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