29 julio 2011
Río Negro
Comentar
De ese modo, ahora se establece que el titular de la Defensoría del Pueblo dura en sus funciones un período de cinco años, improrrogable, contados a partir de la fecha de su asunción al cargo.
Podrá ser reelecto una sola vez, previéndose la convocatoria a sesión especial de designación con una antelación de no menos de 15 días a la fecha de finalización del mandato.
Dentro de los 60 días previos, el presidente de la Legislatura convocará a la Comisión de Labor Parlamentaria para evaluar la necesidad de designar un sucesor del defensor del Pueblo en funciones.
El decreto de naturaleza legislativa Nº4/2011 ingresó hoy a las 11.10 a la Dirección General de Asuntos Legislativos.
25 noviembre 2024
Río Negro