Comienzan inscripciones a comercios que deseen vender pirotecnia

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Previa a la habilitación debe haber una inspección para comprobar las medidas de seguridad. Los interesados deberán dirigirse al cuerpo de bomberos de nuestra ciudad, ubicado en Zatti 166, de 8 a 12.
La normativa vigente (Ordenanza 3636) establece  que los juegos de artificio podrán expenderse al público a partir del 15 de diciembre y hasta el 15 de enero exclusivamente, los comercios habilitados en el rubro quiosco.
Para poder inscribirse se deberá presentar la inscripción de habilitación comercial.
Las inspecciones en los establecimientos se realizarán los lunes y jueves, con el propósito de verificar las condiciones de seguridad de los comercios y también de determinar el origen de los productos mediante la acreditación de las facturas de compra.
Los comerciantes que trasgredan estas normas serán pasibles de multas, clausuras de hasta treinta días y decomiso de los artículos exhibidos, ya sea comercializados o transportados.
A los vecinos, se les recuerda que no deben comprar artículos antes del 15 de diciembre, ya que se tratará de elementos no autorizados y potencialmente más peligrosos.
Asimismo, si se decide adquirir estos juegos de artificio, hacerlo sólo en lugares habilitados.
También se recordó que se encuentran vigentes varias normas que reglamentan la venta de artificios pirotécnicos en nuestra ciudad.
Entre las recomendaciones generales que brinda la dirección para el uso de pirotecnia se encuentran no adquirir pirotecnia que no cuente con el rótulo correspondiente.
Además, es preciso que los padres controlen siempre el uso de pirotecnia por parte de los hijos y que sigan estrictamente las instrucciones de uso de cada producto.
Asimismo, es necesario no utilizar pirotecnia en frascos, latas o recipientes que puedan producir esquirlas y tampoco encender varios artículos a la vez.
Además, se recomienda especialmente no arrojar productos encendidos hacia las personas o animales. Por último, guardar la pirotecnia en lugares frescos, secos y fuera del alcance de los niños.
Cabe destacarse que está prohibida la venta de pirotecnia en locales que comercialicen productos alimenticios.
Los únicos artículos de pirotecnia que se pueden comercializar son únicamente aquellos autorizados por la Dirección de Fabricaciones Militares y que cuenten con el rótulo correspondiente.
No se pueden vender fuegos artificiales a menores de 14 años ya que son elementos que representan peligrosidad, de acuerdo a las tipologías establecidas por la normativa.
A aquellos comerciantes que no cuenten con la habilitación correspondiente se les pueden realizarán multas, decomisos y clausuras.

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