Cabe recordar que Lamas perdió las elecciones barriales por un solo sufragio frente a la candidata de la lista 1, Aurora Paniagua. El voto fue observado y la situación generó una enorme polémica.
"Debemos entender que todo organismo público debe garantizar transparencia, imparcialidad e igualdad de condiciones, más aún y en particular un órgano electoral; además de la participación ciudadana, respetando las normas básicas de legalidad. Ideales que esta junta Electoral no está respetando", señalaron desde el sector de vecinos que lidera Lamas.
En un comunicado, señalaron que el pasado 17 de agosto "se llevó adelante las elecciones en el barrio 915 Viviendas, en donde quedó evidenciado de manera clara, el papel bochornoso y lamentable que la Junta Electoral Municipal de Viedma viene llevando adelante, papel que en esta oportunidad no analizaremos como ni tampoco las motivaciones".
En ese marco, se informa que Lamas, a través de un recurso electoral, ha pedido la nulidad absoluta del acto eleccionario "por las innumerables irregularidades y cuestiones que rozan lo ilegal".
Dentro de los puntos que fundamentan el pedido resaltan la supuesta violación del padrón definitivo de vecinos habilitados a participar del acto eleccionario (que fuera aprobado por resolución 34/13) y además hablan de una "habilitación de manera irregular" de un padrón complementario a solicitud de la candidata Paniagua "no respetando los tiempos ni las formas legales vigentes dentro de la Ordenanza 58/75 del régimen Electoral Municipal".
Señalan que ante esta circustancia "se imposibilitó que se pudiera verificar la calidad de vecinos residentes en el barrio, lo que si hemos realizado a posteriori del acto eleccionario, surgiendo 'a priori' personas incorparadas en el padrón complementario que no viven mas en el barrio".
Además, opinan que la Junta Electoral "se contradice en sus resoluciones, ya que entendemos, que si por Resolucion 34/13, se aprobó el padrón definitivo de personas habilitadas a votar, es nula la resolución al anular un voto recurrido por la lista 10, esgrimiendo que esa persona no vive en el barrio".
"Es decir que la Junta Electoral Municipal viola sus propias resoluciones, como asimismo viola el derecho de elegir y ser elegido como marca nuestra Constitución, y se encierra en sus propias contradicciones y violaciones a las normas establecidas. Si el voto recurrido hubiera sido habilitado, hubiera estado violando el secreto del voto, porque al verificar domicilio del votante del voto recurrido hubiera expuesto al votante en cuestión a la exposición pública del voto que emitió. En fin, un verdadero papelón", indican.
Por otro lado, aseguran que la Junta Electoral, que preside Fabiana Malpeli, ha incurrido en "graves errores, en el mejor de los casos, como el no haber cumplido con la Ordenanza Nº 3535 que en su artículo segundo, da instrucciones precisas para la confección de padrones para cada elección; utilizando un padrón totalmente obsoleto ya que el mismo figuran personas fallecidas desde hace varios años, como asimismo personas que no figuran y que viven en el barrio desde su creación, por lo que queda muy a la vista que no han podido estar a la altura de la circunstancia".
"Otro de los puntos que enuncian en el pedido de nulidad, es que el acto eleccionario se vio viciado de actos procelitistas (SIC) como el acarreo de personas, donde se pudo observar al dirigente vecinal Ismael Curugual que, durante toda la jornada, llevó a cabo el acarreo de personas que figuraban en el padrón, pero que viven en otros barrios de Viedma y también de la vecina localidad de Carmen de Patagones, situación que fuè observada por los miembros de la Junta Electoral Municipal; sin tomar ninguna medida al respecto, votos que obviamente no recurrió la Sra. Paniagua”.
Finalmente la dirigente barrial Lamas pide en su recurso electoral se tengan por anuladas de nulidad absoluta las elecciones llevadas a cabo el dia 17 de agosto, se proceda a un nuevo llamado respetando las ordenanzas vigentes, con depuracion y actualización de padrones y advierten que "nos reservamos el derecho de recurrir ante autoridades legislativas municipales y provinciales, y/o las que correspondan, para que se cumplan en su plenitud las ordenanzas que rigen las elecciones de Juntas Vecinales".
9 enero 2025
Viedma