Luís Sabbatella manifestó que “es una demanda interpuesta particular, en este caso por 174 empleados, pero hay otros reclamos de similar características que suman más de 300, en el cual realizan un planteo que el Salario Mínimo, Vital y Móvil no puede ser inferior al básico, por una interpretación que hacían del Artículo 164 del Estatuto”.
También dijo que “por lo tanto, sobre esa base, la escala salarial se debería haber ampliado considerablemente. Esta demanda de 174 está rondando los 94 millones de pesos”.
Además señaló que “el planteo del Municipio es que el Estatuto no hace referencia, sino que está en consonancia con la legislación nacional, en cuanto a lo que no puede ser inferior es el salario bruto de cada uno de los empleados”.
Asimismo indicó que “es una sentencia de única instancia, queda supeditado la firmeza de la misma a la interposición o no de un recurso que tienen derecho los empleados. Aun así el Municipio, dentro del marco de la autonomía municipal, estaría facultada para ser ella la que fije cual es el Salario Mínimo, Vital y Móvil a la jurisdicción, dado que la ley nacional es de referencia”.
21 enero 2025
Viedma