El receso administrativo legislativo será del 7 al 21 de julio

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El personal deberá utilizar los diez días hábiles de la licencia respectiva dentro de ese lapso.

No obstante, los directores y titulares de áreas deberán establecer los mecanismos necesarios para las respectivas guardias, si fuese preciso.

Los agentes que presten servicio en esas dos semanas podrán utilizar esa cantidad de días de licencia en otro momento, pero antes del 30 de setiembre.

Cabe destacar que el derecho a este receso administrativo invernal en el Poder Legislativo fue puesto en práctica a partir de una Resolución emitida en el año 1993. La propuesta fue realizada por el gremio APEL y aceptada por las autoridades.

Es importante señalar que todos los trabajadores de este sector gozan de la misma cantidad de días de licencia, más allá de sus años de antigüedad.

Viedma, 25 de junio de 2014

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