Es prioridad reglamentar la Ley N° 4845 en nuestra provincia

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Esta norma fue sancionada el mes de mayo del año 2013, casi dos años atrás. Se promulgó en el mismo año un mes despúes donde también entró en vigencia. Nada se sabe aún de su reglamentación para la validación final de lo expuesto en ella.  

       Hoy está en la agenda de todos los medios de comunicación nacionales y regionales un caso de femicidio que sacude  por su impronta violenta una vez más  a la sociedad. Se destaca el trabajo en distintos ámbitos del estado, Ongs, etc; realizado en función de la obtención de datos, registro , análisis y propuestas para atacar esta problemática que se expone por sí misma día a día.

       Esta ley antes mencionada en su génesis plantea las consecuentes acciones a desarrollar para afectar y modificar la realidad que estudiará. La provincia de Río Negro necesita de la reglamentación de la misma para dejar de caminar a ciegas y tener datos concretos de lo que sucede con las mujeres violentadas en su territorio. Es la única manera de que se genere un  proceso de reflexión estratégica, con datos reales y que aporten soluciones desde el origen de la problemática. Sino seguimos improvisando o lo que es peor el Estado se corre del rol de regulador de derechos personales.
 
        La Ley Nº 4845 crea el Observatorio de la Violencia contra las Mujeres en el ámbito del Consejo Provincial de la Mujer, que tiene por objeto la recolección, monitoreo, producción, registro y sistematización de datos e información sobre la violencia contra las mujeres.  Es misión de éste  brindar a quien lo solicite y en forma permanente, información con carácter de insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres. 
 
         Algunas de las funciones del Observatorio de la Violencia contra las Mujeres son recolectar, procesar, registrar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática y comparable sobre violencia contra las mujeres, y en especial documentar los casos de femicidios; impulsar el desarrollo de estudios e investigaciones sobre la evolución, prevalencia, tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, sus consecuencias y efectos, identificando aquellos factores sociales, culturales, económicos y políticos de riesgo o asociados a la ocurrencia o prevalencia de la violencia hacia las mujeres. 
 
          Celebrar convenios de cooperación con organismos públicos o privados, provinciales, regionales, nacionales o internacionales, y en particular con las Universidades Nacionales del Comahue y de Río Negro; crear una página web, vinculada al portal del Ministerio de Desarrollo Social, mediante la cual se brindará toda la información del Observatorio y  articular acciones con organismos gubernamentales con competencia en materia de derechos humanos a los fines de monitorear la implementación de políticas de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, para evaluar su impacto y elaborar propuestas de actuaciones o reformas, son otras de las acciones que llevaría a cabo esta organización en caso de ser conformada en Río Negro.

        Fomentar y promover la organización y celebración periódica de debates públicos, con participación de centros de investigación, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil y representantes de organismos públicos y privados, nacionales e internacionales con competencia en la materia, fomentando el intercambio de experiencias e identificando temas y problemas relevantes para la agenda pública y brindar capacitación, asesoramiento y apoyo técnico a organismos públicos y privados para la puesta en marcha de los registros y protocolos que se implementen; se encuentra en sus compentencias.
 
             Las leyes existen a nivel nacional y provincial. Sólo hace falta voluntad política de quienes nos gobiernan para ejecutarlas. Hay mujeres que lo demandan, que les va la vida en ello;  sentencia Agostino e invita al Ejecutivo provincial a mostrar sensiblidad como lo ha hecho toda la sociedad en esta temática,reglamentando la Ley Nº4845.

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