La equinoterapia fue regulada como actividad terapéutica

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González fue el miembro informante de este proyecto, exponiendo en el recinto los fundamentos, al que adhirieron sus pares de la  Cámara, señalando entre otros conceptos que la nueva ley define a la equinoterapia como una disciplina integral complementaria de las terapias médicas tradicionales para la habilitación y rehabilitación de discapacidades humanas mediante el uso de un caballo apto certificado y debidamente entrenado.

González destacó los beneficios de la equinoterapia y señaló que la aplicación de esta técnica terapéutica se ha ido generalizando paulatinamente en el mundo como consecuencia de la inmensa utilidad médica que significa y que la existencia de un gran número de entidades que se dedican a esta actividad hace necesaria la regulación y las condiciones de desarrollo y ejecución de la actividad en nuestra Provincia y la inclusión de la terapia como práctica en la obra social provincial y en otras obras sociales prepagas que prestan servicio dentro de la jurisdicción provincial.

Finalmente explicó que la Ley remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación abarca los aspectos de regulación de la actividad, aborda las definiciones de los términos de equinoterapia y centro de equinoterapia, define los beneficiarios y las condiciones de los prestadores, además de los los requisitos y aspectos sanitarios entre otros aspectos vinculados al funcionamiento.

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