Recordemos que a partir de una denuncia anónima, el municipio detecta a fines de abril, mercaderías que se intentaban distribuir antes de las elecciones municipales del 3 de Mayo. Luego de radicar la denuncia penal ante la Fiscalía Federal de la ciudad, Inspectores Municipales y personal de la Dirección de Transito junto con personal de la Policía Federal Argentina, se constituyeron en el galpón ubicado en la calle Tres Arroyos entre España y Avda. Roca, constatándose la existencia de los elementos denunciados -colchones, frazadas, alimentos no perecederos, entre otros-, cuyo origen no pudo ser justificado por el encargado del lugar, quien al ingresar el personal reconoció expresamente que "dichos elementos habrían sido depositados por funcionarios del gobierno provincial para ser distribuido en las próximas elecciones en Roca", no pudiendo aportar ninguna documentación sobre la procedencia o el programa en el marco del cual se almacenaba dicha mercadería en el lugar.
El fallo del Juzgado de Faltas determino que las irregularidades principales que motivaron las sanciones tienen relación con la falta de cumplimiento de normas de seguridad e higiene, falta de habilitación comercial, transgresiones al Código Alimentario, entre otras.-
También son relevantes en el escrito las contradicciones que existieron entre la documentación y testimonios recogidos y los argumentos de Desarrollo Social para negar el uso electoral que pensaba darle a esos bienes. La principal incongruencia fue que el cargamento llegó a Roca el 22 de abril -según las declaraciones de los responsables del predio- pero la autorización de las autoridades del ministerio en Viedma para la entrega de esa asistencia se hizo un día después.
Además, Desarrollo Social presentó como pruebas una serie de notas firmadas por distintos comisionados de fomento, en la que solicitan frazadas, colchones y materiales de construcción. Sin embargo, las escasas probabilidades de que esos cinco escritos hayan surgido de un interés genuino de los comisionados quedó a la vista cuando se detectó que todos tenían la misma redacción y que incluso repetían errores de ortografía, como los casos de Aguada Guzmán y El Cuy, cuyas autoridades "escribieron" el mismo día dos pedidos independientes con la palabra "frasadas".
Otro argumento de Peralta y del gobierno provincial que fue rebatido en el fallo se centra en el supuesto destino que tenían esos colchones, frazadas y agua hallados en el depósito de calle Tres Arroyos casi Avenida Roca.
En ese momento se aseguró que se trataba de mercadería para los parajes afectados por la erupción del volcán Calbuco, pero la jueza de Faltas resaltó que la versión tampoco era coherente con las supuestas notas de los comisionados de fomento, que están fechadas el 16 de abril, cuando el incidente en la zona cordillerana se produjo una semana después.
En la causa se imputa a Daniel Enrique Jairo Cechini, a Matias Calderon, al Ministro de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro y a Carlos Peralta , por las siguientes faltas: a) no cumplir con normas de seguridad e higiene (art.19 inc. 17 de la Reglamentación de la Ord. General); b) Falta de Habilitación Municipal" en transgresión al art. 6 Cap. X de la Reglamentación de la Ord. General; c) Tener productos alimenticios en depósito (art. 15° del Código Alimentario Nacional); d) Falta de Higiene en establecimiento (art. 18 inc 1° del Código Alimentario Nacional); e) Falta de Rótulo e ilegibilidad (art. 245 del C.A. N); y f) Falta de Certificado Sanitario o Documentación (art. 11° de la Ord. 148/80);
El propietario del local, de apellido Cecchini, deberá pagar unos 13.000 pesos (1.000 USAM) y el gobierno provincial unos 6.500 (500 USAM), además de perder toda la mercadería, que será entregada a instituciones de bien público.
FUENTE: Municipalidad de General Roca

28 enero 2026
Río Negro