El Poder Judicial de Río Negro fijó la política de
tramitación de las firmas digitales a los agentes pertenecientes el estado
nacional, provincial, municipal y a entidades privadas.
El costo para integrantes de organismos privados es dos Jus,
mientras que los agentes públicos quedarán exceptuados del pago del arancel.
El Poder Judicial de Río Negro es Autoridad de Registro de
la Oficina Nacional de Tecnología de la Información (ONTI) y por ende está
facultado a emitir certificados de firma digital a personas físicas debidamente
identificadas.
A través de la Resolución
02/2019 de la Secretaria de Modernización Administrativa se estableció
que las Autoridades de Registro, en este caso el Poder Judicial de Río Negro,
tienen la obligación de tramitar las firmas de personas físicas de otros
organismos públicos o entidades privadas.
El Decreto N° 733/18 también fijó como política que la
totalidad de los documentos, comunicaciones, expedientes, actuaciones, legajos,
notificaciones, actos administrativos y procedimientos en general ante el
Estado Nacional deberán instrumentarse en el sistema de Gestión Documental
Electrónica permitiendo su acceso y tramitación digital completa, remota, simple,
automática e instantánea, excepto cuando no fuere técnicamente posible, para lo
cual se requiere generalmente contar con firma digital.
Sin embargo, “la ausencia de Oficiales de Registro a lo
largo del territorio provincial incrementa la demanda de tramitación de
certificados de firma digital del Poder Judicial”, se fundamenta en la
Acordada.
Este servicio insume mucho “tiempo de trabajo de empleados
del Poder Judicial afectando las funciones propias de la dependencia a la cual
pertenecen”. De esta manera, corresponde la reglamentación del servicio, y en
el marco de facultades propias, “arancelar el trámite a fin de compensar la
sobrecarga funcional generada, quedando exceptuados de dicho arancel los
integrantes de organismos del Estado nacional, provincial y municipal”.
La Acordada 16/2019
lleva la firma del Superior Tribunal de Justicia, junto con un anexo que es la
guía de trámites de firma digital de terceros.

30 diciembre 2025
Río Negro