Desde
el 1 de diciembre la conciliación laboral prejudicial será obligatoria en las
cuatro circunscripciones. El mecanismo forma parte de los métodos alternativos
de resolución de conflictos y es gratuito para trabajadores y trabajadoras.
Procura una solución rápida y acordada entre las partes que se traduce en
beneficios por la naturaleza alimentaria que resulta la solución de la
controversia.
Hace
dos años, en diciembre del 2018, se implementó una prueba piloto en la Cuarta
Circunscripción que consistió en un cambio de modalidad de la conciliación que
pasó de ser voluntaria a obligatoria. Ese proyecto se abordó en conjunto entre
el Poder Judicial, la Secretaria de Trabajo y el Colegio de Abogados de
Cipolletti.
Este
año la conciliación laboral fue receptada en la nueva ley que regula el
funcionamiento de los CIMARC (Centro Integral de Métodos Autocompositivos de
Resolución de Conflictos) y ahora mediante la Acordada 039/2020 del Superior
Tribunal de Justicia (STJ) se dispuso la obligatoriedad para el resto de las circunscripciones
donde la instancia todavía es voluntaria.
La
instancia de conciliación se puede transitar indistintamente ante los CIMARC o
ante la Secretaria de Estado de Trabajo, sin embargo, la Acordada supedita la
obligatoriedad a los tiempos que determine el titular de esa Secretaria que
depende del Poder Ejecutivo.
Se
abordan a través de la conciliación todas las cuestiones laborales que tramiten
ante las Cámaras del Trabajo, salvo algunas excepciones previstas en la norma.

15 enero 2026
Río Negro