Proponen regular la actividad obstétrica en Río Negro

Es una iniciativa de la legisladora Salzotto

Comentar

La actividad profesional de los y las obstetras de Río Negro quedará regulada plenamente a partir de la ley que presentó la legisladora del Frente de Todos Daniela Salzotto, junto a sus pares José Luis Berros, María Eugenia Martini, Ignacio Casamiquela y María Alejandra Más.

La iniciativa crea además el Colegio de Obstetricia de Río Negro que tendrá por objeto asegurar el correcto y regular ejercicio de la profesión en resguardo de la población, procurar la defensa y protección de sus miembros en su trabajo y remuneración, asegurarles el libre ejercicio de la profesión, velar por el fiel cumplimiento de las normas de ética profesional e imponer sanciones en casos de violaciones a esos principios y normas propias de la disciplina.

El colegio estará conducido por un Consejo Directivo y lo constituyen además las asambleas, el Tribunal de Ética y Disciplina y la Comisión Revisora de Cuentas.

La norma presentada la semana pasada fija las pautas, roles y funciones de cada uno de estos órganos como también contempla las sanciones disciplinarias que puedan imponerse en caso de que se determine un incorrecto ejercicio de la actividad.

Los miembros del Colegio podrán ejercer la profesión de licenciadas y licenciados en Obstetricia dentro del ámbito de la Provincia, desarrollar sus actividades en forma independiente o a requerimiento de profesionales médicos o equipos interdisciplinarios, integrar equipos interdisciplinarios de salud, ejercer en forma privada, en su consultorio o en el domicilio de las personas gestantes, como así también en instituciones públicas o privadas, entre otras obligaciones y derechos que fija la norma.

Se considera actividad obstétrica anunciar o realizar procedimientos de diagnóstico y control del embarazo, prácticas de preparación para el parto y asistencia durante el mismo, así como tareas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud sexual y reproductiva de las personas gestantes, en todos los niveles de atención, dentro de los límites de competencia que derivan de los alcances otorgados en el título obtenido, el asesoramiento público o privado para la realización de esos procedimientos y la realización de acciones de promoción de la salud o prevención de la enfermedad, a nivel individual o comunitario relacionados con la salud materno-fetal.

 

También te puede interesar...