La Justicia desestimó el pedido de desalojo de una vivienda en la que vivÃa una mujer, nieta de la propietaria. La abuela falleció, pero cinco meses antes habÃa realizado una exposición policial donde dejaba a cargo del inmueble a su nieta.
En la exposición policial, la duela de la casa declaró que dejaba a cargo del inmueble a su nieta, en razón del cuidado que le habÃa brindado siempre. La única heredera pretendió desalojarla pero un fallo de Cipolletti no autorizó la petición.
El caso originó un conflicto entre el grupo familiar por la ocupación del departamento de la abuela, que murió en 2019. El inmueble es parte de un plan de viviendas de Cipolletti, cuya propiedad todavÃa es del IPPV.
La adjudicataria original es la señora fallecida, aunque hizo una exposición policial para autorizar la permanencia de su nieta ya que vivÃa con ella y se ocupaba de cuidarla.
Cuando la mujer murió, su hija inició la sucesión y al obtener la condición de heredera única hizo una segunda gestión administrativa para adjudicarse el inmueble. Luego promovió un desalojo contra su propia hija. En la presentación sostuvo que el dÃa del velorio, la demandada entró por la fuerza y ocupó el departamento de su madre. Pero las pruebas demostraron lo contrario: el acta de nacimiento y el documento de la nieta probaron que la joven siempre habÃa permanecido en ese inmueble y a ello se le sumó la declaración en comisarÃa que hizo la abuela.
Por el contrario, la mujer que inició el desalojo gestionó la adjudicación ante el IPPV pero sin vivir allÃ. En los hechos, el organismo provincial sigue siendo el titular del inmueble y la persona adjudicataria debe cumplir determinadas condiciones. Entre ellas ocupar el departamento y pagar la cuota, cuestión que no se verificó en el caso.
El fallo civil que rechazó el desalojo consideró que el de la nieta no se trataba de un supuesto de intrusión, ya que la demandada no entró en la ocupación contra la voluntad de la adjudicataria original. También se sostuvo en la resolución que cuando la heredera de la abuela hizo la gestión de adjudicación, la mujer no vivÃa allÃ. Por lo tanto se probó que no hubo clandestinidad por parte de la nieta para estar en el departamento.
3 julio 2026
Judiciales