Por un error en el rótulo de una biopsia, una mujer de Cipolletti
recibió el diagnóstico de otra persona. Una semana después, el centro de
patología de Neuquén advirtió la confusión pero durante ese periodo la paciente
se sometió a una batería de estudios para operarse de forma urgente. Después de
un juicio civil, se fijó una indemnización por daño moral.
La sentencia del fuero Civil de Cipolletti es de primera instancia y no
está firme porque puede ser apelada. Condenó tanto a la médica que informó el
diagnóstico erróneo como al centro privado que hizo la biopsia y a la compañía
de seguros contratada. Surgió de las pruebas del juicio que a la paciente le
diagnosticaron un cáncer invasivo y por ello en el transcurso de esa semana se
sometió a diversos estudios tendientes a determinar el tratamiento a seguir.
Una amiga de la paciente declaró durante el proceso que la mujer estaba
desolada con la noticia y que hasta había perdido el habla.
Siete días después, el centro privado detectó un error técnico en la
rotulación del preparado histológico analizado al momento de emitir el informe.
El diagnóstico le correspondía a otra paciente. Cuando la mujer exigió la
devolución de las muestras advirtió que el número del rótulo del envase había
sido tachado y sobreescrito.
El apoderado del centro privado reconoció que el error había sido de la
técnica que le entregó el informe a la médica. Sin embargo la demanda fue
promovida contra la patóloga y la institución donde se realizaban las biopsias.
La sentencia sostuvo que no existen dudas respecto al error en el
informe entregado inicialmente a la mujer por haberse mezclado las muestras de
dos pacientes. El error fue considerado como inexcusable, ya que no se aportó
por parte de la demandada un solo elemento de justificación. Si bien se explicó
lo sucedido, no se produjo prueba alguna tendiente a justificar la equivocación
por parte de la histotécnica - no identificada en la causa- en proporcionarle a
la doctora la muestra de otra paciente para efectuar el diagnóstico.
En consecuencia se fijó una indemnización por las afecciones de índole
espiritual que el erróneo diagnóstico le causó a la mujer.
28 noviembre 2024
Judiciales