Protagonizó un incidente
vial en Cipolletti y la camioneta Ford Eco Sport sufrió daños importantísimos.
Cuando pretendió arreglarla, en el taller le informaron que la reparación
superaba el 80 por ciento del valor. Solicitó a la aseguradora destrucción total
pero le negaron la cobertura. Un fallo Civil le dio la razón al cliente.
La sentencia de primera
instancia tuvo por corroborados los daños en la camioneta y enmarcó la
resolución en la ley de Defensa del Consumidor. La aseguradora tenía el deber
de acreditar las circunstancias por las cuales se consideraba la exclusión de
la cobertura y no lo hizo.
Entre el valor del vehículo
y el de la reparación había solo un veinte por ciento de diferencia, por lo que
correspondía, según el cliente, declararse la destrucción total. El hombre
cruzó algunas cartas documentos con la aseguradora hasta que le rechazaron la
cobertura.
Primero fue a una mediación
y después terminó por iniciar el juicio civil. Durante el trámite acreditó los
daños en la camioneta y los presupuestos tanto de mano de obra del taller como
de repuestos.
“Tengo por acreditado que la
reparación del vehículo tenía un costo de reparación que superaba el 80 por
ciento del valor de la unidad al momento del siniestro y que injustificadamente
la demandada no brindó la cobertura por daño total que se reclamaba conforme
los presupuestos que le fueron presentados y en los términos en los que fue
contratada la póliza”, surge de la sentencia.
Sobre la base de esos
argumentos el fallo condenó a Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa LTDA a
abonarle una suma de dinero más intereses al cliente por cumplir con los
términos de la contratación.
26 noviembre 2024
Judiciales